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El nuevo reglamento para ordenar la caza

  • El autor valora las ventajas e inconvenientes de la norma

El nuevo reglamento para ordenar la caza

El nuevo reglamento para ordenar la caza

El nuevo Reglamento de Ordenación de Caza (ROC) para la Comunidad Autónoma de Andalucía es una norma muy esperada, que, tras cinco años de trabajo, reuniones y alegaciones a distintos borradores, vio, por fin, la luz el pasado 4 de agosto. No obstante, a pesar de ser un texto moderno y adaptado a las necesidades actuales de la actividad cinegética, sigue presentando enormes carencias y generando importantes perjuicios a los titulares de cotos de caza y a la actividad cinegética en general.

Por ejemplo, en cuanto a los plazos para resolver determinados trámites administrativos vinculados a cotos de caza con el nuevo reglamento, las ampliaciones de cotos, las segregaciones, los cambios de titularidad o las creaciones de cotos de caza han pasado a tener un plazo máximo para resolver de tres meses, frente a los seis meses que antes recogía la anterior norma. Aunque en este caso se acortan plazos, sin embargo, los silencios administrativos pasan a ser desestimatorios, cuando anteriormente eran estimatorios y ello va a generar muchas denegaciones.

Es una norma muy extensa, con 99 artículos, que requiere un buen desarrollo

Otro trámite que también ha cambiado a peor es la revisión de los Planes Técnicos de Caza (PTC), los cuales siguen siendo de tres meses, pero con el nuevo ROC, también los silencios administrativos son desestimatorios y con el anterior, no. Sin embargo, con el nuevo ROC los PTC han pasado a tener cinco años de vigencia, frente a los cuatro que han tenido hasta ahora. En este sentido, se ha concedido un año más de vigencia a todos los PTC que se encontraban en vigor a la fecha de publicación del nuevo ROC.

Otra cuestión novedosa que ha surgido son las comunicaciones de modalidades como monterías, ganchos y batidas. Con el reglamento antiguo, se solicitaba autorización y se obtenía un permiso expedido desde la Delegación de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, expreso para ello; pero ahora se comunican las cacerías, y no se dispone de documento alguno autorizándolas, no habiendo además silencio estimatorio hasta el mismo día de la caza, por lo que este hecho ha generado gran inseguridad jurídica.

Por otra parte, las declaraciones responsables firmadas al comunicar estas cacerías, en lo relativo a informar a titulares colindantes sobre las cacerías también está resultando complejo, al haber cotos que cuentan con decenas de colindantes.

Con independencia de lo anterior, hay que reconocer algunas de las bondades del nuevo reglamento como, por ejemplo, el reconocimiento de nuevas modalidades de caza muy demandadas por el sector. Es el caso del aguardo nocturno de jabalí, las batidas de gestión, la caza con perros de madriguera, el reclamo de perdiz sin muerte o a diente en mano.

También es bueno que se vela por la seguridad de los cazadores y de las personas acompañantes en las cacerías, implantándose la obligatoriedad de uso de chalecos (naranjas o amarillos), gorras o brazaletes en modalidades a puesto fijo, incluidas las monterías.

En la caza mayor en mano, será obligatorio usar chalecos, y en modalidades como el ojeo de perdiz, los batidores deberán ir provistos de chalecos o bien banderines para dejarse ver lo máximo posible.

Además, se definen por primera vez conceptos como "puesto doble" o "puestos desdoblados" en pro de la seguridad en monterías. Sin embargo, no entiendo cómo no se permite el empleo de visores para la modalidad de aguardo nocturno, porque las condiciones en las que el cazador debe realizar el disparo deben ser siempre las más favorables y seguras posibles, para lo cual el visor resulta esencial. Por tanto, es poco comprensible el porqué de este paso atrás.

En otro orden de cosas, también he de hablar de figuras como los escenarios de caza, los cuales, a pesar de haberse tipificado y desarrollado normativamente, parece que no van a acabar de despegar.

En este sentido, las delegaciones territoriales de cada provincia y, en concreto, los respectivos jefes de departamento de caza de cada una de ellas tendrán la última palabra respecto a que sean, o no, aprobados.

Los escenarios de caza son figuras más que necesarias y más que interesantes para implantar en nuestros cotos. No sólo porque generan empleo y dinamismo en nuestras zonas rurales, sino porque la actividad cinegética desarrollada en escenarios supone liberar a nuestras especies de caza menor silvestres de una importante presión cinegética, más que necesaria actualmente.

En resumen, se trata de una norma muy extensa, con 99 artículos, que requerirá de un buen desarrollo a través de una orden que se publicará al efecto. Espero que sea buena, completa y haya sido debidamente trabajada y consensuada con el sector.

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