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Alcalá de Guadaíra

El tribunal confirma el proceso por la muerte de la familia intoxicada

  • Estima que hay indicios suficientes para que se celebre un juicio contra los tres acusados

Uno de los imputados acude a declarar en 2014.

Uno de los imputados acude a declarar en 2014. / Antonio Pizarro

La Audiencia de Sevilla ha confirmado el procesamiento de tres personas por la muerte en diciembre de 2013 de tres miembros de una familia de Alcalá de Guadaíra que inhalaron fosfina procedente de unos tapones de plaguicidas.

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dictado un auto en el que rechaza el recurso que presentó uno de los acusados contra el auto dictado por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Alcalá de Guadaíra, que procesó a estas tres personas por tres delitos de homicidio imprudente y un delito contra el Medio Ambiente.

Dice la Audiencia que el auto del juzgado que acordó sentar en el banquillo a estas tres personas es "absolutamente razonable", por cuanto entiende que los indicios "existen y tienen entidad bastante como para aperturar" la fase intermedia del proceso judicial.

El Tribunal señala que hay elementos suficientes para considera que los acusados conocían "el contenido de las sacas (residuos peligrosos)" y también que los "vendieron fuera del cauce previsto legalmente", al tiempo que concluye que la resolución del juzgado de Alcalá es correcta porque existen "indicios racionales suficientes" contra los acusados.

La Audiencia recuerda que hay indicios para que la Fiscalía y la acusación particular puedan formular su escrito de acusación y se celebre la vista oral, "donde con el material probatorio de cargo y de descargo, sea el juez sentenciador quien tras analizar las pruebas verificadas a su presencia, bajo los principios de oralidad, inmediación, contradicción de partes, y defensa, el que en último lugar y en definitiva, se pronuncie" sobre si los inculpados cometieron o no el delito que se les imputa.

La Fiscalía ya ha presentado su escrito de conclusiones provisionales, en el que ha solicitado una condena de cuatro años de cárcel para los tres acusados, dos trabajadores de la empresa Alansu y el responsable de la chatarrería Reciclados Nivel -al que se vendió de manera irregular una partida de tapones-, y a los que atribuye un delito contra el medio ambiente en concurso ideal con tres delitos de homicidio imprudente. El Ministerio Público reclama, además de las penas de cárcel, el pago de indemnizaciones que suman los 820.000 euros, de los cuales la mayor cuantía -720.000 euros- se exigen para una hija del matrimonio compuesto por Enrique Caño y Concepción Bautista, que también resultó intoxicada pero no falleció, y los restantes 100.000 euros para otros cinco hijos que Enrique Castaño tenía de otras relaciones anteriores.

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