alcalá de Guadaíra

Condenado a 21 años y medio de prisión por matar a su mujer a golpes con la tapa del inodoro

  • El juez destaca que el crimen fue "especialmente brutal, con saña incluso", continuando los golpes cuando la víctima agonizaba.

El acusado, de espaldas y con un polo de color rosa, durante una sesión del juicio.

El acusado, de espaldas y con un polo de color rosa, durante una sesión del juicio. / M. G.

El magistrado de la Audiencia de Sevilla Carlos Lledó ha condenado a 21 años y medio de prisión a Mario Calderón Márquez, el hombre acusado del brutal asesinato de su esposa, María del Águila Pérez, a la que en la madrugada del 3 de junio de 2015 asestó tres puñaladas y golpeó en nueve ocasiones hasta la muerte con la tapa de la cisterna, cuando la víctima no tenía posibilidad de defensa al hallarse ambos solos en su vivienda de Alcalá de Guadaíra.

A la hora de fijar la pena, el juez ha valorado precisamente que la forma de dar muerte a la víctima fue “especialmente brutal, con saña incluso (por más que no concurra la circunstancia de ensañamiento), continuando la sucesión de golpes incluso cuando la víctima ya agonizaba en el suelo”.

Ese acto homicida, prosigue la sentencia, fue en el fondo “el último de los ejecutados por el acusado en su dinámica de violencia habitual para con su esposa”, por lo cual ha endurecido la pena para Mario Calderón, aunque no hasta el máximo por cuanto entiende que “pueden existir asesinatos de todavía mayor reprochabilidad y en el dato de que, con el Código Penal entones vigente, en esos 20 años empezaría precisamente la pena para los asesinatos cualificados por más de una circunstancia”.

Dice el juez que el acusado agredió “brutalmente a su esposa por sorpresa, asegurándose el resultado y evitando cualquier riesgo procedente de la víctima”, que a pesar de haber sufrido malos tatos “no podía desde luego prever ni esperarse un ataque homicida de su esposo en su propia vivienda y cuando se encontraba sola sin posibilidad de pedir auxilio alguno”.

La sentencia, que se produce tras el veredicto del jurado, condena al acusado a 19 años de cárcel por un delito de asesinato y a dos años y medio de cárcel por otro de maltrato habitual, al tiempo que le impone la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de sus dos hijas o comunicarse con ellas durante 33 años y le priva del derecho a residir en Alcalá de Guadaíra durante otros 31 años y medio, además de la obligación de indemnizarlas con 100.000 euros a cada una de ellas.

El abogado José María Núñez, que ejerce la acusación particular en representación de las dos hijas, ha mostrado este miércoles su satisfacción por la sentencia, por cuanto se ciñe a la petición de condena solicitada en el juicio, sobre todo en lo que respecta a la prohibición de acercarse a ambas jóvenes y a la localidad de Alcalá durante todos esos años.

Sobre la pena de prohibición de acercarse a su hijas, el juez razona la imposición de la misma en que ambas son “víctimas indirectas de sus delitos y han sufrido la pérdida de su madre de forma tan violenta a manos de su padre”.

En cuanto a la indemnización, la sentencia destaca el “elevado daño moral sufrido por las hijas, que no sólo han perdido de forma tan dramática a su madre con todo lo que ello conlleva (con la pérdida afectiva pero también de todo tipo de apoyo y auxilio), sino que también, de alguna manera, han perdido a su padre en cuanto autor de la muerte violenta de su madre, en unas circunstancias que sin duda les va a costar superar durante toda su vida, y aceptando que todo ello no admite ni la más mínima reparación y sí en todo caso una compensación escasamente resarcitoria”, por lo que estima “justa y ponderada” la cuantía de 100.000 euros para cada una de las hijas.

En la sentencia, el juez concluye que la autoría del crimen ha quedado probada “más allá de toda duda razonable por la contundente prueba y demás razonamiento recogidos por el jurado” en el acta del veredicto.

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