Andalucía

Bolaños archiva por primera vez la causa contra un intruso de los ERE

  • La juez sostiene que el investigado desconocía su "indebida inclusión" porque trabajó para varias empresas de Ruiz-Mateos

La juez María Núñez Bolaños y el juez de refuerzo Álvaro Martín salen de los juzgados de Sevilla.

La juez María Núñez Bolaños y el juez de refuerzo Álvaro Martín salen de los juzgados de Sevilla. / antonio pizarro

El primer archivo contra uno de los denominados "intrusos" de los ERE. La juez María Núñez Bolaños, que investiga el fraude de los ERE, ha decidido sobreseer la causa contra José Antonio Cuevas Álvarez, que fue incluido en el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga) a pesar de que trabaja en otra empresa del grupo Ruiz-Mateos, y la ha archivado porque entiende que el trabajador desconocía su "indebida inclusión" en el expediente realizado para los trabajadores de este hotel.

En un auto dictado el pasado 13 de diciembre la juez responde a la petición de archivo de la defensa del "intruso", que ejerce el abogado Rafael Ramírez García del Junco, quien alegó que este trabajador llevaba "muchos años" en el grupo de empresas de Ruiz-Mateos y es "una víctima de un entramado empresarial" que ha tenido que soportar hasta embargos tras su imputación. De hecho, la anterior instructora, Mercedes Alaya, le impuso una fianza de 294.045 euros.

La magistrada argumenta que ha de establecerse como "cierto" que José Antonio Cuevas "trabajó para distintas empresas del grupo empresarial y ello suponía la conservación de la antigüedad y demás derechos adquiridos". Bolaños señala que este trabajador, que inicialmente fue empleado de Autos Marbesol, "consultó" con su representante sindical cuando iba a ser incluido en el ERE del Hotel Cervantes, en el que llevaba aproximadamente un año trabajando, y éste le aseguró que "era legal su inclusión porque conservaba su antigüedad y aunque ello podía suponer un beneficio para el grupo empresarial, no podemos decir que su inclusión fuera ilegal y mucho menos que conocía su indebida inclusión, y que fue contratado a los solos efectos de ser incluido en el ERE de forma ilegal, como se recoge en el atestado de la Guardia Civil", razona Bolaños.

La Fiscalía Anticorrupción se opuso al archivo, pero no la acusación particular que ejerce la Junta. El Ministerio Público entiende que, aunque pueda ser cierto que "de un modo u otro las dos empresas fueran controladas por José María Ruiz-Mateos, ambas no pertenecen a lo que legalmente a efectos laborales se denomina grupo empresarial" y añadía que el ERE se negoció sólo para Hotel Cervantes y no para el resto de empresas del grupo".

Frente a esta argumentación, la magistrada señala que el concepto de grupo empresarial es "realmente complicado y más aún si, como señala el Ministerio Público, pretendemos distinguir de grupo empresarial a efectos laborales de otro de grupo empresarial".

La juez explica que nuestro ordenamiento jurídico "no ha regulado de modo ordenado el funcionamiento de los grupos de empresa", puesto que existen "normas dispersas cuya interpretación jurisprudencial lo es en la búsqueda de soluciones". Bolaños cita jurisprudencia de la Audiencia Nacional para concluir que se acepta el grupo de empresas como "fórmula lícita" que "excluye al grupo como empleador, contratan las diferentes empresas" y se corrigen los efectos negativos mediante una ampliación selectiva de la responsabilidad en el seno del grupo, "exigiendo como elementos adicionales que exista una preparación de trabajo común, simultánea o sucesiva, a favor de varias de las empresas del grupo o confusión de plantillas; con dirección única o confusión de patrimonios".

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