Andalucía

Condenan al SAS a pagar 143.000 euros por "error en el diagnóstico" en un menor fallecido

  • El niño padecía linfoma no 'hodkiniano', pero al principio le fue diagnosticada una gastroenteritis

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado de manera favorable la indemnización de 143.794 euros por parte del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a los familiares de un menor que falleció el 17 de marzo de 2006.

Los reclamantes consideran que existió "un error y retraso en el diagnóstico" de una enfermedad maligna, el llamado linfoma no hodkiniano. De ahí que, según apostillan, "no se pudiera realizar el tratamiento necesario" para tal dolencia. La muerte, afirman, se produjo "como consecuencia del avanzado estadío en que fue diagnosticada la enfermedad y las complicaciones agravaron su estado general".

El informe emitido por el facultativo adscrito al Servicio de Aseguramiento y Riesgos refleja que, "según las consultas médicas realizadas durante 2005, el paciente presentó sintomatología inespecífica con la que era posible establecer el diagnóstico de patologías frecuentes y características de su edad". Según este dictamen, en enero de 2006 el menor fue atendido en el servicio de urgencias del Hospital Materno Infantil de Málaga por "fiebre de 24 horas de evolución, dolor abdominal y diarrea". El paciente presentaba "buen estado general, sin signos de deshidratación". Ante estos síntomas, se diagnosticó gastroenteritis aguda. Tras varias visitas médicas, señala el informe, "y a pesar de instaurarse las medidas terapéuticas adecuadas", el paciente murió de un linfoma de alto grado de malignidad.

En el expediente también constan dos informes del Servicio de Patología Forense del Instituto de Medicina Legal de Málaga, donde se recoge que la enfermedad padecida por el pequeño y por la que finalmente fallecería fue dando "signos y síntomas compatibles con esta [dolencia] a partir de febrero de 2005, siendo más evidentes desde agosto".

Los reclamantes solicitan una indemnización de 136.058 euros. Sin embargo, el Consejo Consultivo estima que la cuantía debe "actualizarse al fin al procedimiento", de forma que ascendería a 143.794 euros. De ellos, 105.448 euros se destinarían a los progenitores del paciente fallecido y 19.172 a cada uno de los dos hermanos menores de edad.

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