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Consejo de gobierno

La Junta blinda con un decreto el municipalismo frente a la reforma local

  • Valderas explica que se trata de evitar "disfunciones" en la prestación de los servicios hasta que se dirima el conflicto ante el Constitucional. Cree que la oferta de diálogo de Montoro llega tarde.

El Gobierno andaluz ha aprobado este martes un decreto ley para "blindar" las competencias de los ayuntamientos andaluces, sobre la base del Estatuto de Autonomía y de las normas autonómicas (Laula y Patrica), frente a las "graves" consecuencias de la reforma de la administración local emprendida por el Gobierno central.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el vicepresidente de la Junta y consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales, Diego Valderas, ha manifestado que con este decreto, el Ejecutivo andaluz "planta cara" a la Ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local, con la que la que el Gobierno central pretende "más tutelaje, menos democracia y menos participación".

Asimismo, ha indicado que se trata de que prevalezcan las leyes andaluzas tanto en el plano competencial como de los recursos, mientras el Tribunal Constitucional no dirima sobre el recurso de inconstitucionalidad que hay planteado contra la norma estatal.

En cuanto al anuncio del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, sobre la convocatoria de la comisión mixta con la Junta ante el "innecesario" decreto ley aprobado por el Gobierno andaluz, Valderas ha señalado que ese diálogo "llega tarde", pero "bienvenido sea" y ha criticado que el ministro solo muestre interés cuando el Ejecutivo autonómico ha "plantado cara en defensa del municipalismo". Ha recordado que desde hace 15 meses, la Junta ha demandado diálogo al Gobierno sobre la reforma local y solo ha obtenido la "callada por respuesta". Para Valderas, el paso que ha dado ahora el ministro pone de manifiesto que la Junta tiene "razón".

Tras destacar que otras comunidades ya han aprobado una norma similar a la andaluza, como Castilla y León, País Vasco y Galicia, Valderas ha indicado -tras ser preguntado sobre si temen un recurso del Gobierno contra el decreto- que no tendría sentido que el ministro Montoro obviase esa realidad y se centrara en una "manía persecutoria" hacia Andalucía.

Para Diego Valderas, Andalucía vuelve a "poner un dique de contención al desmantelamiento" de los servicios públicos que pretende el Gobierno con la reforma local. Así, con este decreto, se permitirá que los ayuntamientos puedan seguir prestando servicios municipales tan importantes como los sociales o los relacionados con la educación, salud o el consumo. Ha advertido de que ningún ayuntamiento ni diputación "podrá escudarse" ya en la Ley estatal "para dejar de prestar un servicio público trascendente" para sus vecinos.

Según ha explicado el vicepresidente, el decreto se dirige a preservar los 40.000 empleos públicos que la reforma local del Gobierno pone en riesgo en Andalucía y los casi 1.400 millones de euros que los ayuntamientos reciben anualmente de la Junta para que puedan seguir prestando servicios en ámbitos tan relevantes como los servicios sociales, la educación, la salud y el consumo.

El Decreto ley, que cuenta con el dictamen del Consejo Andaluz de Concertación Local, hará así prevalecer la normativa autonómica hasta que se resuelva el recurso presentado por la Junta ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la ley de reforma local. En primer lugar, la regulación aprobada establece que siguen siendo competencias propias de los ayuntamientos las 29 que recoge el Estatuto andaluz y desarrolla la Ley de Autonomía Local de Andalucía (Laula).

Asimismo, interpreta la aplicación de la reforma local en el sentido de acotar al máximo el concepto de duplicidad para no interferir en la capacidad de autogobierno. De este modo, se considera que sólo se dará esta circunstancia si las competencias que los municipios ejercen coinciden con las de la Junta en el mismo territorio y para la misma población, y si no son complementarias.

El Decreto ley aclara las incertidumbres jurídicas que plantea la aplicación de la ley estatal y evita los vacíos competenciales que pueden producirse hasta el pronunciamiento del TC sobre el recurso de la Junta, especialmente en servicios sociales, sanidad y educación.

En esta línea, se regula el procedimiento para el ejercicio de las competencias denominadas impropias o por delegación, así como el relativo a la adaptación de los convenios firmados entre las administraciones autonómica y local para la financiación de las mismas. Los informes preceptivos en ambos procedimientos no serán necesarios si las competencias se vienen ejerciendo desde antes de la entrada en vigor de la reforma local aprobada por el Gobierno, salvo que se detecte la ejecución simultánea de un mismo servicio público o el ayuntamiento no cuente con financiación.

El informe sobre inexistencia de duplicidades o de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra administración, lo emitirá la consejería competente en la materia de que se trate. Si es favorable, se remitirá a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que a su vez elaborará el dictamen sobre sostenibilidad financiera.

Respecto a la adaptación de los convenios de cooperación y delegación de competencias, para los que la ley estatal exige también el filtro de la sostenibilidad financiera, el decreto de la Junta incluye una cláusula de garantía del cumplimiento de pago por parte de la administración autonómica. En virtud de ella, se autorizará a la Administración General del Estado a aplicar retenciones en las transferencias que corresponden a la comunidad por aplicación de su sistema de financiación.

Como bases jurídicas, el decreto ley toma el artículo 60 del Estatuto de Autonomía, que otorga a la comunidad competencias exclusivas sobre régimen local; la doctrina consolidada del TC, que encomienda a la legislación básica estatal la garantía de la autonomía local, y la propia Disposición Adicional Tercera de la Ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local, que hace referencia expresa al respeto a las atribuciones exclusivas de las comunidades. 

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