Andalucía

La Junta interpreta que el TSJA no anula el "fondo" del concurso de los funcionarios

  • Hacienda cree que el tribunal reprocha el procedimiento, pero no la nueva baremación

El concurso de méritos de los funcionarios de la Junta de Andalucía, convocado en marzo del año pasado, tiene visos de continuar en el aire.

La Junta consideró ayer que la sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de la que ayer informó esta redacción cuestiona el procedimiento por el que llevó a cabo una rebaremación ocho meses después, en noviembre, pero no el "fondo" de la cuestión, es decir, que se iguale y reconozca la antigüedad de los interinos con la de los funcionarios en virtud de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).

Según la respuesta facilitada por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la sentencia del TSJA "no contiene reproche jurídico a la interpretación que hace la Junta de Andalucía del Derecho Comunitario, sino a la forma de aplicar dicha interpretación".

No obstante, las mismas fuentes señalaron que se está estudiando la sentencia (firme y contra la que no cabe recurso) por parte del gabinete jurídico de la Junta, aunque no apuntaron la resolución que podría haber al respecto.

Distintos sindicatos representantes de los funcionarios reclaman que la Junta no demore la respuesta y resuelva qué va a hacer con estos concursos, cuyas bases cambió en noviembre del pasado año para cumplir con una sentencia europea que concluye que en las promociones de los funcionarios se debe contabilizar el tiempo que éstos han estado como interinos. La Junta interpretó esta sentencia y modificó las bases para igualar la antigüedad de los interinos con la de los funcionarios.

Unos 12.000 funcionarios en la comunidad están a la espera de que se resuelvan estos concursos, convocados en consejerías y otros organismos de la Junta, y en todas las provincias. Los traslados y el reconocimiento económico de estos empleados públicos están en stand by.

Esta sentencia no afecta a los traslados del personal de Educación. Para CSIF, sindicato al que el TSJA da la razón en esta sentencia, la anulación de la rebaremación que introdujo la Junta tiene que desembocar en una resolución conforme a las bases originales.

El TSJA desestimó el recurso de la Junta de Andalucía y confirmó otra del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Sevilla de 3 de mayo de 2012 sobre las bases del concurso de méritos convocado por el Consejo Consultivo de Andalucía. Ahora la sentencia del TSJA señala que "la orden modifica las bases, introduciendo un elemento que implica una modificación respecto al mérito de la antigüedad a valorar, lo cual puede influir decisivamente en el resultado final del proceso del concurso". El TSJA entiende que esta "alteración" discrimina a los funcionarios que podrían haber optado a esas plazas y concluye que ese "cambio en las reglas iniciales de valoración de méritos del concurso, impidiendo que de dicha variación puedan beneficiarse todos los funcionarios, por lo que se ven perjudicados aquellos que por los méritos iniciales a valorar decidieron no concursar, siendo vulnerado el principio de igualdad en el acceso a puestos públicos".

Hay otros recursos a la espera de sentencia que versan sobre el fondo del asunto, como uno presentado por el Sindicato Andaluz de Funcionarios. A esos fallos parece que esperará ahora la Junta. La incógnita está en si resolverá el concurso conforme a las bases originales o hará una nueva convocatoria de méritos y con qué criterios pero, además, cuándo resolverá.

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