Andalucía

El TSJA suspende cauterlarmente la integración del personal de varios entes en la Agencia del Conocimiento

  • Las entidades afectadas eran la Agencia de Evaluación de la Acreditación y la Calidad Universitaria, el Centro de Innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía SAU (Citta) y la Sociedad para el Impulso del Talento SLU (Talentia).

La Sección Primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla ha acordado suspender cautelarmente la integración del personal procedente de la Agencia de Evaluación de la Acreditación y la Calidad Universitaria, el Centro de Innovación y Transferencia de Tecnología de Andalucía SAU (Citta) y la Sociedad para el Impulso del Talento SLU (Talentia) en la Agencia Andaluza del Conocimiento, una integración contemplada en la disposición adicional primera del Decreto 92/2011

El auto, dictado el pasado 18 de noviembre en pieza separada, ha acordado revocar la previa resolución dictada por esta misma sala el pasado 29 de septiembre, que desestimaba la petición cautelar de suspensión instada por las asociaciones recurrentes, la Asociación Al Andalus de empleados públicos de la Junta de Andalucía, la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública, que presentaron recurso de reposición contra ese mismo órgano.

La sala acuerda estimar el recurso de reposición interpuesto contra aquella resolución por ambas asociaciones -que actúan bajo la dirección técnica de Mariano Aguayo Abogados- y concede la medida cautelar solicitada. 

Para ello, se apoya, principalmente, en que las previas sentencias dictadas por esa misma sección del 2 y de 15 de noviembre que acordaban, respectivamente, anular la disposición adicional segunda del decreto 103/2011, que contenía el régimen de integración de personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la Agencia de Instituciones Culturales, y la suspensión cautelar del Protocolo de Integración de personal procedente de la Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo (Faffe) y de los Consorcios Utedlt en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE).

En aquellos pronunciamientos, la sala estimaba que el régimen de integración de aquellas entidades en las agencias "no respetaba los principios básicos de acceso a la función pública, esto es, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, vulnerándose, de ese modo, los artículos 14 y 23.2 de la Constitución, así como la normativa que los desarrollan, lo que supone un desprecio al Estado de Derecho".

A la vista de las anteriores resoluciones, el TSJA estima que procede matizar las consideraciones vertidas en el auto de 29 de septiembre sobre la ponderación de los riesgos derivados de la extraordinaria dificultad en la reparación de los perjuicios que se derivarían de la aplicación de la disposición adicional primera del decreto 92/2011, pues "una eventual estimación de la demanda podría conducir a perjuicios de difícil reparación derivada de la integración automática y directa del personal laboral en la Agencia y la dificultad de su restitución".

Según indica en su nota el bufete Mariano Aguayo, la suspensión acordada por el auto "posee una especial trascendencia, pues conlleva como efecto la paralización, hasta que recaiga resolución definitiva y firme en el procedimiento, de la integración del personal procedente de la Agencia de Evaluación de la Acreditación y Calidad Universitaria, de Talentia y de Citta en la Agencia Andaluza del Conocimiento, todo ello con el fin de asegurar la efectividad de un eventual pronunciamiento favorable y estimatorio de la demanda".

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