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Andalucía

Otras dos sentencias condenan a la Junta a pagar más de 161.000 euros al ex consejero Ángel Ojeda

  • La Justicia considera que la Administración debe abonar los cursos, sin perjuicio de que pueda iniciarse en su caso un expediente de reintegro de la ayuda

El ex consejero andaluz de Hacienda Ángel Ojeda sigue acumulando sentencias a favor en la vía Contencioso-administrativa. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado dos sentencias que han condenado a la Junta de Andalucía a abonar 161.871,85 euros, en relación con los cursos de formación realizados por las empresas de Ojeda, y además le ha impuesto el pago de las costas a la Administración andaluza hasta un importe máximo de 600 euros.

 

Una de las sentencias, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo ha fallado a favor de la Asociación para la Calidad Europea Inteca, una de las empresas vinculadas al empresario, a la que la Junta tendrá que pagar 125.259,25 euros más los intereses legales.

 

La sentencia recuerda que la empresa del ex consejero presentó en 2009 la solicitud de ayuda para la realización de una actividad formativa al amparo de la orden de 31 de octubre de 2008, siéndole concedida una ayuda de 516.015 euros por la dirección general de Empleabilidad y Formación Profesional del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que abonó el 75% en concepto de anticipo, mientras que el 25% restante se liquidaría y abonaría a la finalización de los cursos y siempre que las justificaciones correspondientes superen la cuantía del anticipo recibido. El 29 de junio se remitió la documentación justificativa, pero el 25% restante “no ha sido liquidada y abonada pese a ser reclamada, pues la respuesta ha sido el silencio”.

 

Los jueces señalan que en el expediente administrativo consta tanto la concesión como la “justificación del gasto, por lo que la inactividad es susceptible de impugnación para permitir el pronunciamiento judicial de la procedencia del pago reclamado”.

 

La Junta había alegado que previo al pago debe existir una tarea de comprobación, pero el Alto Tribunal entiende que este argumento “tampoco puede ser aceptado, porque la potestad de comprobación existe siempre (claro está dentro del plazo de prescripción del artículo 39 de la ley general de subvenciones), y lo que no es de recibo es que se incumpla el plazo de resolución a la que está obligada la Administración (tres meses desde la reclamación), amparándose en la facultad de comprobación previa a la liquidación, para no pagar pese a estar obligada por la orden reguladora y resolución de concesión al pago y liquidación cuando se finalice y se justifique en cuantía superior al anticipo”. Este extremo, agrega el fallo, ni siquiera ha sido cuestionado por la Administración, por lo que de acuerdo con la orden reguladora y la resolución de concesión debió abonar dicha cantidad en los tres meses siguientes a la liquidación y pago.  “Y ello sin perjuicio de que la Administración pueda comprobar las condiciones asumidas por el beneficiario e iniciar si procediera un expediente de minoración o reintegro en caso de incumplimiento, toda vez que no se ha enjuiciado la corrección del cumplimiento de la acción formativa subvencionada ni la suficiencia de la documentación justificativa aportada”. De esta forma, acreditado el cumplimiento de las obligaciones del beneficiario y que la subvención fue “concedida y debió ser abonada, procede ahora la condena al pago tal como se reclama”.

 

En la segunda sentencia, dictada por la misma Sala, se condena a la Junta a abonar a Ojeda otros 36.612,60 euros, en relación con la ayuda de 146.534,10 euros concedida a la empresa Better Training por la misma dirección general de Empleabilidad y Formación Profesional del SAS, de la que fue abonada el 75% de acuerdo con la normativa. El TSJA ha fallado en este caso a favor de Ojeda con los mismos argumentos expuestos en la anterior resolución.

 

Con estas dos nuevas sentencia, los tribunales han emitido ya media docena de resoluciones a favor de las reclamaciones de cantidad planteadas por Ángel Ojeda, que sigue siendo uno de los principales imputados en el caso de los cursos de formación y que está citado a declarar en mayo en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

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