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Andalucía

La Fiscalía defiende la actuación judicial en el caso del pederasta de Huelva

  • El fiscal jefe niega que haya colapso y no ve motivos para revocar la suspensión de la pena al agresor.

El fiscal de la Audiencia Provincial de Huelva, Jesús Jiménez Soria, defendió ayer que la actuación y ejecución de los procedimientos judiciales en el caso del pederasta de Huelva, J. V. C. -condenado a dos años de prisión en 2012 y que está en libertad y vive frente a su víctima en la barriada onubense del Torrejón- es "correcta" y " adecuada en los términos que corresponde". Jiménez Soria, que mantuvo una reunión con el presidente de la Audiencia, Antonio Pontón, para analizar la alarma social y la repercusión mediática que ha despertado el caso, insistió en que "se ha dado traslado y conocimiento a todas las partes en su momento de cada trámite que se ha ido produciendo para que pudieran decir lo oportuno".

El fiscal precisó que hay dos ejecutorias que se están cumpliendo. Una de ellas es la condena por los abusos sexuales de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, por la que se le impuso a J. V. C. una pena de prisión de dos años y una medida de alejamiento para no comunicarse ni acercarse a la menor ni a sus padres durante seis años. La otra, que le condena a un año de prisión, corresponde al Juzgado de lo Penal 4 y atiende a un quebrantamiento de la medida cautelar que se acordó cuando se inició el procedimiento por los abusos sexuales y no de la pena, de forma que es anterior a la dictada en la Sección Segunda de la Audiencia.

El Juzgado de lo Penal 4, según indicó el fiscal jefe, procedió a la suspensión de la ejecución de la pena con un informe favorable del fiscal y al reunirse una serie de requisitos y circunstancias. Así, el condenado no entró en prisión a cambio de no delinquir de nuevo y de no acercarse a la menor. Del mismo modo, la pena de dos años de prisión dictada por la Sección Segunda de la Audiencia por abusos también se suspendió "porque reunía los requisitos legalmente establecidos".

La medida de alejamiento que se acordó era de 100 metros pero, según el fiscal, en la resolución sobre los abusos sexuales no se determinaba la distancia, algo que se decidió en la ejecución de sentencia: "Escuchando a las partes, la sala entendió que serían 20 metros". De esta manera, el condenado no puede acercarse a menos de esta distancia a la menor, que ahora tiene once años, durante seis años.

La Fiscalía entiende que "a día de hoy no hay ningún motivo para solicitar la revocación de la pena de cárcel", negando así que este individuo esté en libertad por el colapso judicial, sino en función a dos sentencias firmes con la suspensión de la pena de cárcel admitida y una recurrida.

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