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Caso de los ere

Rivera plantea a Alaya que debe imputar a los 6.000 prejubilados si todas las ayudas son ilegales

  • El ex director de Trabajo denuncia indefensión por la ocultación de documentos a las partes personadas en el caso.

El ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera ha planteado este jueves que si Alaya considera que todas las ayudas relacionadas con los ERE son ilegales "no hay más remedio que ampliar la imputación" a los 6.000 prejubilados que recibieron las ayudas y reclamarles la devolución de las cantidades.

Daniel Rivera, que este jueves se ha acogido a su derecho a no declarar ante la juez Alaya que le ha ampliado la imputación por las ayudas a Altadis y A Novo Comlink, ha presentado no obstante un escrito en el que asegura que "si todo el gasto destinado a ayudas sociolaborales (pólizas de seguros de rentas a trabajadores afectados por expedientes de reestructuración de empresas) se ha de considerar malversado (y las peticiones de responsabilidades civiles en este proceso abonan esa teoría) no hay más remedio que ampliar la imputación y traer al procedimiento a esas casi 6.000 personas y reclamarles todas las cantidades percibidas", puesto que se trataría de un delito de malversación en su condición de extraneus.

También habría que variar, según el ex alto cargo, tanto el cálculo de las responsabilidades civiles impuestas en la causa y los delitos imputados para “reconducirlas a planteamientos de lógica jurídica”.

En el escrito, la defensa ironiza al afirmar que "la única actuación parece ser que reprochable de Rivera en el tema de A Novo fue denunciar, judicialmente, y reclamarles administrativamente a los directivos Manuel Jiménez y José F. Pardo Fernández las cantidades que se entendieron indebidamente percibidas y suscribir un documento el 4 de noviembre de 2010, redactado por otra parte por María José Rofa, entre otros.

La defensa también critica la falta de entrega de documentación a las partes personadas, por cuanto han pasado "más de dos años desde que toda la información y documentación debió ser conocida por las partes, máxime cuando en ese periodo se han producido numerosas declaraciones evidentemente afectada por el contenido de la información y documentación puesta a cubierto". Dice el escrito que mientras la misma permanecía silente “se otorgaba un trato de favor a Rofa, aliviándola, en clara discriminación respecto al resto de inculpados, de sus responsabilidades civiles por parte del juzgado. Injustas decisiones rectificadas (como muchas otras de las dictada por la señora Alaya) por parte de la Audiencia Provincial”, concluye.

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