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Tribunales

Unas adjudicaciones "a espaldas" de Pelayo

  • El Supremo rechaza que la ex alcaldesa ordenara contratar para Fitur a empresas de la trama Gürtel y responsabiliza a los técnicos municipales

La ex alcaldesa María José García-Pelayo no tuvo responsabilidad alguna en las ilegalidades que hubo en las contrataciones que realizó el Ayuntamiento en 2004 a empresas vinculadas a la trama Gürtel para diseñar y desarrollar la promoción de la ciudad en la edición de Fitur de ese año. El Tribunal Supremo, en un auto conocido ayer, ha archivado de manera provisional la causa que abrió el pasado mes de septiembre contra la anterior regidora. Ahora la Fiscalía, que le atribuía los delitos de prevaricación y falsedad documental, tiene un plazo de cinco días para recurrir antes de que se decrete el sobreseimiento definitivo.

El Alto Tribunal exonera a García-Pelayo de cualquier responsabilidad penal y se la atribuye a los técnicos municipales que están acusados en el proceso que se sigue en la Audiencia Nacional por estas adjudicaciones. Por este motivo, el ponente de la causa, el magistrado Antonio del Moral, afirma:“Es muy posible que las mismas fuesen adoptadas a espaldas de la aforada [María José García-Pelayo] por otras personas de escalones inferiores”.

El magistrado razona que no hay indicios suficientes que marquen que Pelayo tuvo una participación “penalmente relevante” en las contrataciones. Así, determina que, en su condición de alcaldesa, “participó, firmó y asumió” las resoluciones de las adjudicaciones, pero esto no conlleva que tuviera conocimiento de las irregularidades (no hubo concurso público, las beneficiarias sabían de antemano la adjudicación y los expedientes de contratación se montaron a posteriori) al haberse limitado a autorizar lo que los técnicos le habían avalado mediante los correspondientes informes tanto de la Intervención como de la Secretaría Municipal.

Ante esto, y con estas opiniones técnicas sobre la mesa, el tribunal entiende que a un regidor no se le puede “exigir” que “desconfiase de todos y cada uno de esos informes” por lo que no se le pueda reprochar “que no verificó personal y detalladamente la corrección de cada uno de esos puntos”, un requisito apuntado por la Fiscalía que califica de “despropósito”.

Además, no ve pruebas que corroboren que la ex alcaldesa hubiese dado instrucciones a los técnicos para que favorecieran a estas empresas. “Inverosímil resulta suponer, sin más sustento que una especulación o elucubración, que tras escasos meses en el cargo lograse poner al servicio de su decisión arbitraria a todos esos funcionarios que han intervenido (...), concitando sus voluntades y consiguiendo luego el silencio de todos y cada uno de los involucrados”, advierte.

Para llegar a esta conclusión, el magistrado razona que la declaración que hizo García-Pelayo ante este tribunal resultó “creíble” dado el funcionamiento habitual de una administración pública. “Es obvio que en determinados ámbitos tanto administrativos como empresariales ha de operarse con un principio de confianza en la labor de los escalones previos al ámbito estrictamente decisional, delegando tareas y funciones si no se quiere colapsar una administración”, señala. Por lo tanto, argumenta que “no es exigible” a una alcaldesa de una ciudad como Jerez que “contraste y coteje con cada expediente todas y cada de una las decisiones o acuerdos que firma” ya que, para eso, cuenta con técnicos cuya función es “filtrar y testar” la corrección de las resoluciones que se pasan a la regidora para su ratificación. Es más, señala que ninguno de los técnicos que han declarado ante el Supremo reconoció que recibiera alguna consigna de García-Pelayo e insiste en que no tiene relación alguna con las empresas adjudicatarias —sí la tenía el periodista fallecido Isidro Cuberos, que participó como mediador entre el Ayuntamiento y las adjudicatarias en estas contrataciones y dirigió la promoción de la ciudad ese año en Madrid y al que el Supremo señala como la persona que eligió las empresas adjudicatarias—. De este modo, entiende que son “sugestivas de acomodarse a lo más probable” las declaraciones realizadas por Pelayo sobre su desconocimiento de “toda esa trastienda de la que emana un fuerte aroma a irregularidades, tráfico de influencias o decisiones opacas y, dicho castizamente, caciquiles”.

Por todo ello, atribuye la presunta responsabilidad a los técnicos aunque advierte que esto debe dirimirse en la Audiencia Nacional. Eso sí, en el auto se menciona de pasada al ex edil Bernardo Villar al apuntar que resulta “inverosímil y descartable por lógica” que el entonces delegado de Promoción de la Ciudad “fuese ajeno” a la toma de decisiones sobre estos contratos. Sin embargo, el ex concejal popular nunca ha estado imputado en la causa que instruyó la Audiencia Nacional y ha sido únicamente llamado a declarar como testigo por el Supremo en la causa contra Pelayo que ahora se archiva, a pesar de que él suscribió algunos de los contratos cuestionados y se hicieron a través del Instituto de Promoción de la Ciudad (IPDC), que él dirigía como vicepresidente.

Finalmente, el Alto Tribunal atiende otro de los motivos presentados por la defensa de la ex alcaldesa, el abogado Juan Pedro Cosano, quien solicitó en varias ocasiones el archivo de la causa al entender que ha prescrito.

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