Delitos públicos y faltas privadas

La Fiscalía General del Estado dice que el núcleo del delito contra un profesor y un médico de la Administración es el ataque a la función pública · Los ámbitos privado y concertado quedan fuera de esta protección

Eva Sánchez / SEVILLA | Actualizado 26.12.2008 - 05:04
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Concentración del pasado año en Jerez contra la agresión a un profesor de un centro de la localidad gaditana.

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"Un médico es agredido en el ambulatorio en el que trabaja por la mañana y es un delito de atentado contra la autoridad, pero recibe el mismo ataque en su consulta privada por la tarde y ya no lo es".

Esta hipótesis que plantea la asesora jurídica de la Federación andaluza de centros de enseñanza privada (CECE-A), Carmen Mora, no se aleja demasiado de la respuesta de la Fiscalía General del Estado (FGE) a una consulta de la Fiscalía Superior de Justicia de Andalucía. A consecuencia de ella, los fiscales que desempeñan su labor en Andalucía deberán calificar con el delito de atentado a la autoridad las agresiones graves ejercidas contra médicos o profesores que ejerzan en el sector público.

¿Qué pasa con sus homólogos del ámbito privado y concertado? Pues que al no ser funcionarios, las agresiones que reciban serán calificadas como falta -que puede suponer una multa que no sobrepasa los 300 euros- si no se requiere una intervención quirúrgica, y delito en caso de que sí sea necesaria, "pero quedando fuera del ámbito de protección del delito de atentado, sin perjuicio de la que otorgan otros tipos penales -lesiones, contra la libertad etcétera-...", explica la FGE.

Las agresiones a profesores por parte de alumnos o de los padres en la comunidad andaluza derivó en la petición por parte de los sindicatos de que estos ataques fueran considerados delitos contra la autoridad. Y así ha sucedido ya en sentencias como la dictada el pasado mes de octubre contra el padre de un estudiante cordobés, que resultó condenado a un año de cárcel por abalanzarse contra el docente que reprendió a su hijo. Queda pendiente otra petición sindical, la de que la Consejería de Educación se persone en estas causas.

El documento de la FGE especifica que para que exista tal atentado contra la autoridad debe haber "acometimiento, empleo de fuerza, intimidación grave o resistencia activa también grave", como prevé el artículo 550 y siguientes del Código Penal, con penas que oscilan entre 1 y 3 años de cárcel. Y por otro, que se es funcionario "por disposición inmediata de la ley, por elección o por nombramiento de la autoridad competente" (artículo 24.2 del mismo Código).

La aclaración de la FGE se debe, según expone, a que las Juntas de Fiscalías Provinciales andaluzas no están de acuerdo en lo que se debe proteger (el bien jurídico que debe ser protegido penalmente por el delito de atentado). Este bien jurídico es el orden público, pero su interpretación tiene dos vertientes. La más estricta lo acota a "la preservación de la seguridad ciudadana" por lo que los funcionarios beneficiados de esa protección serían sólo "aquellos que ejercen funciones relacionadas con la conversación de ese orden", como, por ejemplo, los policías. Y la más amplia, la que defiende la FGE, que supone la protección para todas las personas que se encargan del normal funcionamiento de actividades relativas al interés general.

La posición más restrictiva señala la desigualdad entre los funcionarios públicos, y los privados y concertados ante una misma agresión. Para el FGE, esta postura olvida que el núcleo del delito es el ataque a la función pública y "el tipo penal solamente despliega su protección" cuando la agresión se produce contra un funcionario público.
12 comentarios
  • 12 J AG 27.12.2008, 10:45

    Es muy fácil de entender: Para la fiscalía se trata de atentado a autoridad, y la autoridad siempre es pública, no privada (ni concertada), mal que les pese a algunos. Y los que entiendan que la enseñanza privada está marginada sólo tienen que aprobar unas oposiciones, participar en concursos de traslados y dar clases en los pueblos más apartados, y tener en clase a todo tipo de alumnos, no sólo los "selectos".

  • 11 Enrique 27.12.2008, 10:17
    Sociedad de derechos y DEBERES

    Yo soy de los que piensa que el unico castigo util para el que se "aprovecha", "mal usa" e incluso llega a la agresion en los servicios publicos, digase enseñanza o sanidad, debe ser la exclusion de los mismos por un periodo de tiempo. Salvo urgencia vital, en el caso de la sanidad. Asi, estos delicuentes apreciarian lo que es el servicio publico. En el sector privado, esa discriminacion ya existe, ya que se puede objetar a tratar o educar a una determinada persona.

  • 10 Defensa de la dignid 27.12.2008, 08:35

    En defensa de la dignidad. Me gustaría aclararle al autor/a del comentario titulado "en defensa de lo púb" que en Torreblanca sí hay escuela concertada. Se trata del Colegio Sta. María de los Reyes, que se fundó en 1967 y está situado en la calle Nogal, nº 1. Los prejuicios, esto es, juicios previos al conocimiento de la realidad, nos hacen repetir estereotipos y despreciar la labor que otros realizan. Por cierto, me gustaría saber si esa persona trabajaría allí, yo llevo 19 años haciéndolo.

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