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Andalucía

El juzgado de Granada rechaza la apertura de la fosa de García Lorca

  • La juez se declara incompetente para investigar "crímenes de lesa humanidad" y devuelve la causa a la Audiencia Nacional, que podría pedir al Supremo que resuelva el litigio entre ambos órganos

La exhumación de los restos Lorca, poeta universal y símbolo de las víctimas de la guerra civil, es una incógnita que pasa de una instancia judicial a otra sin que, hasta ahora, ninguna pueda o quiera resolverla. El Juzgado de Instrucción 3 de Granada ha rechazado la inhibición propuesta por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional (AN) para la exhumación de la fosa común donde supuestamente yacen sus restos junto al maestro Dióscoro Galindo y los banderilleros Francisco Galadí y Joaquín Arcollas.

Así lo determinó ayer la juez Aurora María Fernández García, en un auto que no ha sido facilitado a los medios y en el que, según fuentes consultadas por este periódico, se declara incompetente para investigar las desapariciones en la guerra civil y el franquismo al considerarlos "crímenes de lesa humanidad".

La decisión de la magistrada de negarse a iniciar el proceso de exhumaciones de los restos de Galindo y Galadí, en virtud de la solicitud formulada por sus familiares -una medida que implica desenterrar también el cuerpo del poeta de Fuente Vaqueros-, es del todo opuesta al pronunciamiento de la Fiscalía Provincial de Granada, que ha elaborado un informe no vinculante por petición de la propia juez.

En el mismo, el fiscal "interesa que por el Juzgado se acuerde la aceptación de la competencia para la instrucción" de las diligencias en lo relativo a "los hechos de Viznar y Alfacar, y otros que hayan acaecido en el partido judicial de Granada".

Y es que, según el Ministerio Fiscal, la competencia para los delitos de detención ilegal sin dar razón del paradero no corresponde a la Audiencia Nacional, "por no estar acogidos en los artículos 65 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial", sino "a los diferentes órganos judiciales territoriales de los lugares en los que se hayan cometido, conforme a los artículos 14 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". Según el fiscal, "de conformidad al artículo 15 de dicho texto legal", corresponde a los Juzgados de Granada el conocimiento de los hechos denunciados al hallarse las supuestas pruebas en el mismo según las denuncias presentadas.

La situación se centra ahora en el paso que dará la Audiencia Nacional. Fuentes de este órgano judicial explican que, una vez que reciban el auto de la juez, "se estudiará la posibilidad de pedir al Tribunal Supremo que resuelva sobre una cuestión de competencia" entre ambos órganos judiciales (la propia Audiencia Nacional y Juzgado de Instrucción 3 de Granada).

Lo paradógico es que al considerarse no competente para tomar una decisión acerca de las fosas comunes del franquismo por enmarcarse dentro de lo que puede considerarse como "crímenes contra la humanidad" , la juez granadina da la razón a la visión que en primer término tuvo Garzón.

Porque el magistrado titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional se declaró el pasado 16 de octubre competente para investigar los crímenes contra la humanidad cometidos durante la guerra civil y el franquismo por entender que se produjo un delito permanente de detención ilegal sin dar razón de paradero que encaja, según el magistrado, en el contexto de Crímenes contra la Humanidad.

Sin embargo, después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional paralizara la exhumación de las fosas -actuaciones que podrían causar "a terceros perjuicios irreversibles de difícil reparación"- Garzón se inhibió a favor de los juzgados territoriales y el expediente llegó al Juzgado de Granada.

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