DIRECTO Así han votado los sevillanos: resultado de la consulta sobre la Feria

DERBI Joaquín lo apuesta todo al verde en el derbi

Cofradias

Hacienda allana el camino al Arzobispado

  • Las hermandades deberán presentar sus cuentas a Palacio al ser uno de los requisitos de la Administración tributaria para poder acogerse a la ley que permite desgravarse cuotas y donativos.

"Tengo que lamentar que sólo el 8,2% de las hermandades colaboren con el Fondo Común Diocesano. Es más o menos el mismo porcentaje que nos presenta sus cuentas. No es una buena noticia. Significa que algo está fallando en el amor a la Iglesia y en la pertenencia de estas asociaciones", dijo monseñor Asenjo el día 4 de julio de 2014 durante la presentación de las cuentas de la Archidiócesis. "Quiero decir que en el futuro inmediato van a tener que rendir cuentas todas porque nos lo va a exigir la Administración tributaria a las instituciones de la Iglesia, tanto a la conferencia episcopal, en lo que respecta a las fundaciones de carácter nacional, como a las diócesis, en lo referente a las fundaciones, instituciones o hermandades y cofradías", dijo monseñor Asenjo cuando fue cuestionado sobre las aportaciones y la presentación de las cuentas por este periódico el pasado martes.

El arzobispo ha afeado a las cofradías en alguna ocasión su escasa aportación a la caja común de la Iglesia sevillana, en la que participan muchos estamentos, como las parroquias, cada uno en la medida de sus posibilidades. No sólo son pocas las hermandades que aportan al Fondo Común, también son pocas, prácticamente las mismas, las que presentan sus cuentas anuales al Arzobispado, obligación que se recoge en el artículo 57 de las vigentes Normas Diocesanas para Hermandades, redactadas en 1997 bajo el pontificado del cardenal Amigo: "La rendición anual de cuentas, preceptuadas en los cánones 319, 1 y 1287. 1, una vez aprobada por el cabildo general, se hará al vicario general".

Hasta la fecha los arzobispos sevillanos se habían dedicado a recordar, con más o menos contundencia, la obligatoriedad de rendir cuentas, aunque sin mucho éxito. Pero algo está a punto de cambiar. Lo que no ha conseguido Palacio, sí lo va a lograr la Administración tributaria, es decir, Hacienda. ¿Y qué es lo que ha cambiado? Pues que cada vez son más las hermandades que se acogen a la Ley 49/2002 (de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo) mediante la que se pueden desgravar las cuotas de hermanos y los donativos hechos a las instituciones en las declaraciones el IRPF, si es una persona física, o en el Impuesto de Sociedades, si se trata de una empresa, y de ahí parte esta obligatoriedad.

Fernando Briones, abogado y asesor fiscal, aclara el objetivo de esta ley: "En principio sólo estaba pensada para las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, que se conocen popularmente como ONG, pero había una disposición adicional novena en la ley que incluyó a las entidades de la Iglesia Católica, y ahí están las hermandades. Para que se puedan acoger a este régimen fiscal especial tienen que solicitarlo, ya que no es de aplicación automática".

Las hermandades que lo hayan solicitado deben cumplir una serie de requisitos: perseguir fines de interés general, que destinen a dichos fines (culto, caridad...) al menos el 70% de sus rentas, que el 40% de sus ingresos no proceda de explotaciones ajenas a eso fines, que los miembros de las juntas de gobierno no cobren nada por tal función, estar inscritas en el Registro de Entidades Religiosas (Ministerio de Justicia), llevar una contabilidad y rendir cuentas ante la Autoridad Eclesiástica correspondiente, conforme establece el canon 319 del Código de Derecho Canónico, y elaborar cada año una memoria económica (especificando ingresos y gastos por categoría) y presentarla ante la Delegación de Hacienda correspondiente.

Cada mes de enero, las hermandades deben presentar en Hacienda el Modelo 182, y ante la avalancha de hermandades que declaran esos donativos y cuotas a Hacienda como deducibles sin cumplir alguno de los requisitos, el que más se incumple es el de rendir cuentas a la Autoridad Eclesiástica, la Administración tributaria se tiene que poner en contacto con el Arzobispado para saber quién lo hace y quién no lo hace. De este modo, puede comprobar si se cumple con esa obligación para aplicarse la deducción. Ahí está la clave. Hacienda ha emplazado al Arzobispado a ser exigente.

Este requerimiento de Hacienda también va a deparar que todas las hermandades colaboren con una aportación con el Fondo Común Diocesano, como también se recoge en el artículo 58.2 de las Normas Diocesanas en vigor: "Para subvenir a las necesidades de la Diócesis, las Hermandades y Cofradías aportarán al Fondo Común Diocesano una cantidad anual, proporcionada a sus ingresos". Hasta ahora el Arzobispado sólo conocía los ingresos del escaso 8% de corporaciones que presentan sus cuentas, que también son las que hacen su aportación a esta caja única. A partir de ahora, y gracias a la exigencia de Hacienda, tendrá acceso a todas las contabilidades y podrá establecer un porcentaje de colaboración obligatorio.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios