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Más causas para suspender el juicio

  • Juristas observan prejudicialidad civil y penal a decidir antes del pleito del 4 de marzo por la culpabilidad del concurso, amén del embarazo de una letrada. La impericia de Bosch, clave.

El juicio en el que se decidirá la culpabilidad o no del concurso de acreedores del Betis, señalado para los días 4, 5, 6, 12 y 13 de marzo, en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, seguramente deba ser suspendido de nuevo por su titular, Eduardo Gómez López, ya que amén del embarazo de ocho meses de la letrada que asiste a los demandados (motivo ya de por sí más que suficiente) concurren dos causas de prejudicialidad, civil y penal, ésta novedosa.

La primera emana de la impericia de José Antonio Bosch, ex administrador judicial del Betis, quien con motivo de la Junta General de 2011 se sacó de la manga una acción social de responsabilidad contra los anteriores administradores del club que ejecutó once meses después -no podía antes de que los concursales cesaran en su trabajo, ya que éstos eran mientras los únicos facultados-. Con todo, es anterior a las primeras acciones por la culpabilidad del concurso, por lo que debe resolverse antes.

Aunque no se da en este caso litispendencia propia, que exige la triple identidad (objeto, sujeto y causa de pedir), sí se puede hablar de prejudicialidad civil al darse litispendencia impropia, según diversas sentencias del Supremo, que dicen que basta "conexión, similitud o identidad entre el objeto de los pleitos", como ocurre en este caso, ya que ambas persiguen la misma indemnización por daños y perjuicios (1.318.231,60 euros, con el IVA incluido pese a que el Betis lo ha compensado en las autoliquidaciones) y las partes son las mismas. Da igual por tanto, tras resolver el Supremo esta polémica jurídica, el motivo esgrimido hasta la fecha por el juzgado, que estima que la acción social protege el patrimonio del Betis y la concursal a los acreedores.

Así, los demandados por la acción social de responsabilidad -la vista previa está señalada en el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla para febrero de 2017- han solicitado al otro que suspenda el juicio por la culpabilidad del concurso hasta que el juicio por ésta, que es anterior (la herencia de Bosch), no se celebre, posiblemente ya entrado 2018.

De otro lado, en el Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla existe una querella admitida a trámite el 10 de noviembre de 2014 por la denuncia de dos acreedores del Betis que acusan a Bosch y a los administradores concursales, Antonio Jesús González, Francisco Tato y Gerardo Narbona, entre otros delitos, de falso testimonio pericial e incluso de estafa procesal por el propio contenido del informe del concurso.

En vistas de estos hechos, que podrían derivar en que el informe del concurso estaría falseado -no en vano lo investiga, entre otros, la Agencia Tributaria-, el letrado que asiste a estos acreedores, Ricardo Fernández Palacín, presentó este mismo miércoles un escrito en el Juzgado de lo Mercantil número 1 solicitando la suspensión del juicio para determinar la culpabilidad del concurso por prejudicialidad penal.

En manos del Betis está quitar la acción social de responsabilidad

No contento con el inherente juicio por la culpabilidad del concurso, Bosch quiso anticiparse con una acción social de responsabilidad en la que mezclaba, por ejemplo, a Luis Oliver y Ángel Vergara, gente extraña en el Betis, con socios y accionistas que mejor o peor sirvieron al Betis, como Manuel Castaño o Jaime Rodríguez-Sacristán. Ocurre ahora que el juicio por el concurso se podría acelerar si el club quitase esa entorpecedora acción social (igual algún día hay una por el asunto de Leo Baptistao), pero ello conllevaría el pago de las costas, unos 700.000 euros (quizá algún demandado renunciaría a su parte por bien del Betis), y, lógicamente, el pago al despacho que lleva el caso, que según Bosch no cobra si lo pierde, que no sería el caso si se retira. Y, encima, este marrón recaería en Juan Carlos Ollero.

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