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El concurso, a escena

  • El juez de lo Mercantil número 1 decidirá sobre la calificación del mismo. Las suspensiones propuestas por los administradores demandados fue rechazada.

Hoy dará comienzo en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, según informó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado de prensa, el juicio que determinará la calificación del concurso de acreedores del Betis y que se prolongará durante mañana y pasado y los próximos 12 y 13 de marzo, una vez que el titular del juzgado, Eduardo Gómez López, rechazase las distintas causas por las que anteriores administradores de la sociedad, que están inculpados, habían solicitado. En la primera jornada de la vista oral, que se celebrará a partir de las 09:30, se abordarán las cuestiones previas y periciales, mientras que las declaraciones son la próxima semana.

En el juicio para dilucidar la culpabilidad del concurso de acreedores del Betis, declarada hace dos años por los administradores concursales de la sociedad y refrendada por la Fiscalía de Sevilla, está previsto que comparezcan un total de 24 afectados, la mayoría ex consejeros de la sociedad verdiblanca, para los que se solicitan distintas penas de inhabilitación, algunas de hasta 15 años, y el pago de hasta 29,5 millones de euros de manera solidaria.

Los principales afectados son José León, con 15 años de inhabilitación y una sanción de 29.515.375,84 millones de euros, Manuel Ruiz de Lopera (15 años y 23.069.385,51 euros) y, ya con menores penas, Luis Oliver, Manuel Castaño, Jaime Rodríguez-Sacristán y Ángel Vergara, con años de inhabilitación y 6.445.990,33 euros de multa a cada uno). Con 8 años de inhabilitación pero sin reintegración económica alguna se hallan Juan Carlos Roldán, Luis Rementería, Joaquín Zulategui, Eduardo Peña y Paco Nuchera, mientras que con 5 años estarían Ángel Martín, Rufino González, Luis Navarro, Antonio Álvarez y José María Blanco.

Con todo, la cuantía total y máxima a reintegrar al club verdiblanco es de 29.155.375,84 euros, ya que se va restando lo que cada uno se vea obligado a aportar de manera solidaria.

El juez envió ayer diversos autos desestimando las peticiones de una tercera suspensión, pero no se pronunció sobre el embarazo de una letrada de la defensa, que, extrañamente ya, podría provocar hoy alguna sorpresa.

Desestimó Eduardo Gómez la prejudicialidad civil esgrimida por los demandados invocando el auto de la Audiencia que decía que la calificación del concurso y la acción de responsabilidad civil interpuesta anteriormente "son acciones diferentes", en contra de alguna sentencia del Tribunal Supremo. No obstante, aclara que si hubiese condena en la acción social se minoraría de la eventual indemnización del concurso, algo que no entiende algún abogado demandado.

Y desestima la prejudicialidad penal en base al artículo 189 de la Ley Concursal que dice que "en los procesos concursales no cabe suspensión por prejudicialidad penal", aunque este artículo es para cuando los perjudicados son los querellantes. Empero, no hay precedente alguno en la legislatura mercantil. Eso sí, el juez habría hurtado a las partes el derecho a los cinco días hábiles para responder al auto, ya que hubiese retrasado o suspendido el juicio que hoy se inicia.

Por último, los demandados no entienden que los concursales hayan tenido que contratar a dos peritos para demostrar sus tesis, al ser ellos incapaces de aportar pruebas en su informe concursal que declara la culpabilidad.

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