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Prisión sin fianza para el empresario de la promoción de VPO en conflicto del sector Entrenúcleos

  • I.G.S.S., que se encontraba en paradero desconocido, está acusado por un delito continuado de apropiación indebida en varias parcelas de Dos Hermanas.

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha decretado este pasado martes el ingreso en prisión provisional y sin fianza para el director general de Asfi, I.G.S.S., por un supuesto delito continuado de apropiación indebida, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. El grupo Asfi promueve las 379 viviendas protegidas en régimen especial asociadas a la parcela BPO-6, en el sector de Entrenúcleos de Dos Hermanas, donde la paralización de la construcción de los inmuebles ha derivado en un conflicto que ha llegado ya a los tribunales.

Después de que este pasado verano la empresa paralizase los trabajos de cimentación y construcción en Dos Hermanas al no disponer del crédito acordado para materializar esta promoción de viviendas protegidas, muchos de los compradores han reclamado la resolución de los contratos y la devolución del dinero entregado. F.J.P.R., uno de los ciudadanos que formalizó estos contratos de compra, ha elevado ya a los juzgados de Dos Hermanas una demanda civil para reclamar la devolución de los 8.922 euros entregados, según informaba su abogado, Juan Carlos Velasco.

Comparecencia Judicial y orden de ingreso en prisión

I.G.S.S., de cualquier modo, había comparecido este martes ante la juez después de que fuera detenido en la noche del domingo al lunes por la Guardia Civil por la presunta estafa cometida por su empresa contra un centenar de comunidades de propietarios.

La juez señala en su auto que "existen indicios bastantes" para estimar que el imputado, "prevaliéndose de la confianza que las comunidades de propietarios tenían en él, se ha apropiado de diferentes cantidades depositadas en concepto de pago de cuotas destinándolas a un uso muy diverso de aquel propio y que deberá ser objeto de investigación, debiendo determinarse todavía la cantidad finalmente defraudada, causando un evidente perjuicio a gran parte de las comunidades que administraba".

Además, en el auto la magistrada justifica su decisión de decretar la prisión provisional porque "la gravedad del delito imputado y de las penas que en su caso pudieran corresponder determinan la existencia de un evidente riesgo de fuga". Asimismo, apunta que, con el imputado en libertad, existiría "el riesgo de alteración, ocultación o destrucción de medios de prueba teniendo en cuenta el estado en que se encuentra la causa". Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de los tres días siguientes a su notificación o recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Para "fines propios"

La juez señala que "a la vista de lo actuado hasta este momento, y sin perjuicio del posterior análisis minucioso que deberá llevarse a cabo de todas las cuentas investigadas, existen indicios bastantes para considerar que I.G.S.S. se ha apoderado de cantidades depositadas en concepto de cuotas por las comunidades de propietarios cuya administración tenía encomendada, sin conocimiento y autorización por parte de estos o de sus presidentes, para destinarlas a fines propios".

El auto recoge que, pese a que el director general de Asfi "afirma que gestionaba las comunidades de propietarios y sus negocios con un sistema de caja única para el que ninguna información había facilitado ni autorización había solicitado, y lo cierto es que demuestra que empleaba los fondos existentes en esas cuentas para financiar sus actividades profesionales ajenas".

De hecho, la juez señala que "no justifica el destino de ese dinero ni dónde se encuentra, limitándose a enumerar una serie de bienes con los que podrá responder de las liquidaciones que se efectúen, y que tendrán relevancia de cara al pago de la responsabilidad civil pero carecen de ella para la tipificación penal de los hechos". En el auto, la magistrada enumera decenas de transferencias por cantidades que van desde los 1.000 hasta los 45.000 euros que presuntamente realizó el imputado para traspasar dinero de las comunidades de propietarios a empresas de las que él era el administrador único.

La juez señala que "seguramente la anotación más llamativa" es un traspaso de 25.000 euros realizado al Club Deportivo Itxako en octubre de 2011, sobre el que el detenido ha afirmado en su declaración que fue "un error suyo". Sin embargo, la juez apunta que "lo cierto es que el apunte es del 28 de octubre de 2011 y más de un año más tarde sigue sin corregirse y sin restituirse a la comunidad el dinero de que "equivocadamente'" se dispuso".

El auto añade que "la misma falta de veracidad ha de darse a las explicaciones que justifican estos movimientos de las cuentas asegurando el imputado que traspasaba cantidades a sus cuentas personales de negocio (ajenas a la actividad de la comunidad) como garantía para evitar que pudiera realizarse alguna disposición irregular de esos fondos cuando el saldo en la cuenta era elevado".

"Ni la comunidad era informada"

La juez señala que "ni la comunidad era informada de esos supuestos saldos elevados (y desde luego lo dudamos cuando hay traspasos de 1.000 ó 2.000 euros) ni se informaba del hecho del traspaso". "Son muchas las comunidades que han llegado a estar en descubierto, por mayor o menor tiempo, lo que carece de absoluto sentido si se nos dice que se traspasaban excedentes", agrega.

Asimismo, el auto recoge que "llama la atención que la mayor parte de los traspasos" realizados a dos empresas administradas por I.G.S.S. "lleven por fecha el 31 de octubre de 2011, si bien sí se ha conseguido averiguar que en esa fecha le vencía una línea de crédito de 100.000 euros y que si bien se insiste en que ninguna relación tiene una cosa con la otra, existen más que motivos para dudar de ello".

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