Provincia

Condenada una madre a tres años por permitir que el abuelo abusara de su hija

  • El Tribunal Supremo recuerda que el testimonio de la víctima "rebosaba sinceridad"

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años impuesta por la Audiencia de Sevilla a una madre que permitió los abusos sexuales a una hija menor por parte del abuelo, que también ha sido condenado a siete años de cárcel.

La resolución del Alto Tribunal confirma íntegramente el fallo de la Sección Séptima que, en marzo del año pasado, condenó al abuelo, J. S. A., de 65 años, por los abusos sexuales realizados a una niña de 13 años y que tuvieron lugar entre los años 2005 y 2007. Los abusos se producían tanto en la vivienda de la menor, en Dos Hermanas, como con ocasión de las visitas que la niña hacía al abuelo en la localidad gaditana de Ubrique, donde la menor dormía en la misma cama que su familiar. La madre de la niña, A. M. S. R., de 38 años, era "plenamente consciente" de los tocamientos y aún así "los consentía y facilitaba, ausentándose durante horas de su domicilio" y dejando que la niña durmiera con su padre.

El abuelo y la madre de la menor recurrieron la sentencia de la Audiencia, alegando que esta resolución vulneraba su presunción de inocencia, pero los magistrados del Supremo descartan que no existieran pruebas para condenarlos. Así, los jueces destacan que el abuelo reconoció parcialmente los tocamientos, aunque aseguró que los hechos no revistieron la gravedad que se le atribuían. Sin embargo, el Supremo recuerda que la Audiencia de Sevilla dejó claro en su resolución que la declaración de la niña "rebosaba sinceridad" y su denuncia fue corroborada por las manifestaciones de la profesora a la que ésta le contó los abusos, hasta el punto de que fue el director del centro quien decidió presentar la denuncia. La credibilidad de la menor también queda fuera de duda, según los jueces, por los testimonios de una prima suya y los informes psicológicos y médicos aportados a la causa. En cuanto a la actitud de la madre, que ha sido condenada como cooperadora en el delito de abusos sexuales por omisión, el Tribunal Supremo señala que "es meridianamente claro que la madre de la menor abusada sexualmente por su abuelo tenía el deber de evitar esa clase de delitos en su hija, máxime si, como se sugiere en estos autos, ella misma habría sufrido similar acoso y abuso por parte del anterior". La hija relató a su profesora que la madre le "decía" que se acostase con el abuelo.

El Supremo impuso al abuelo la prohibición de acercarse a la víctima por diez años y el pago, junto a la madre, de una indemnización de 130.000 euros. La custodia de la víctima y de una hermana fueron retiradas a la acusada.

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