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Nuevas ayudas para el alquiler en La Rinconada, Carmona, Lebrija, San Juan

  • Son los primeros cuatro municipios sevillanos en adherirse a la iniciativa que impulsa la Junta para colectivos vulnerables

Los ayuntamientos de Carmona, Lebrija, San Juan de Aznalfarache y La Rinconada, a través de sus entes instrumentales con competencia en materia de vivienda, son los primeros de la provincia de Sevilla que han firmado con la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía el convenio de colaboración que les permite acogerse a la línea de Ayudas al Alquiler para Personas Inquilinas en Situación de Especial Vulnerabilidad, impulsada en julio por el departamento que dirige Elena Cortés con una dotación presupuestaria de 4,3 millones de euros. En el conjunto de Andalucía, la convocatoria cuenta ya con la adhesión de 14 municipios de Sevilla, Cádiz, Córdoba, Huelva y Málaga.

Esta iniciativa, que tiene como objetivo facilitar el acceso de la ciudadanía con ingresos limitados a viviendas gestionadas por entidades públicas, establece como requisito que las administraciones rubriquen dicho acuerdo para convertirse en agentes colaboradores y poder así solicitar y destinar estas subvenciones a las personas con necesidad habitacional.

Una vez obtenida la condición de entidad colaboradora, estas administraciones tienen de plazo hasta el próximo 1 de octubre para solicitar las ayudas, orientadas a atender a familias en situación de especial vulnerabilidad con ingresos inferiores a 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) -unos 11.200 euros netos-, que tienen dificultades para afrontar un arrendamiento. Con esta subvención se garantiza que el esfuerzo económico de los inquilinos para pagar las rentas no supere el 25% de sus ingresos familiares, cumpliendo así lo establecido por la normativa andaluza en materia de vivienda.

Además de este requisito económico, los receptores deberán disponer de un informe, emitido por los servicios sociales que correspondan, donde se refleje la situación de especial vulnerabilidad en relación con su composición familiar, la necesidad de vivienda, los ingresos percibidos, así como otras especiales circunstancias que deban tenerse en cuenta. Los miembros de la unidad familiar no podrán disponer de la titularidad o un derecho real de uso sobre ninguna otra vivienda y no tener relación de parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora del inmueble, que tampoco podrá ser su socio o partícipe.

La subvención solicitada deberá contribuir al pago de las mensualidades correspondientes al año 2014, incluso en el caso de los contratos de arrendamiento ya existentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta convocatoria.

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