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La Fiscalía pide un año de cárcel para el ex alcalde de Cantillana por delito urbanístico

  • La causa se dirige también contra otros cuatro concejales que apoyaron la concesión de una licencia ilegal para una casa de aperos.

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado un año de prisión y otros ocho de inhabilitación para el ex alcalde Cantillana José Eduardo Reina (PSOE) y para cuatro concejales -Antonio Maqueda Ruiz, Manuel Naranjo Barrera, José María de la Hera Sánchez, y Natividad Pastora Sánchez Palma- por un delito contra la ordenación del territorio, por haber legalizado una casa de aperos pese a dos informes técnicos contrarios a la concesión de licencia.

En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía de Medio Ambiente señala que el 1 de julio de 2009, la dueña de la finca rústica  radicada en la parcela 14, polígono 8 del paraje llamado El Chorrito, solicitó una licencia para legalizar la obra para una casa de aperos y aportó –entre otros documentos- un plano de situación de la nave de aperos firmado por dos arquitectos, donde además se apreciaba que la edificación "estaba ya hecha y que los trabajos pendientes eran de enfoscado y pintura". A los acusados ya les constaba un informe de la arquitecta municipal de fecha 15 de junio de 2009, en el que se les indicaba que el suelo era no urbanizable; que la parcela mínima para llevar a cabo cualquier construcción era, conforme a las normas subsidiarias de planeamiento vigentes en Cantillana, de 1 hectárea si era de regadío y 5 ha si era de secano. Como la parcela de la solicitante era de sólo 0,50 ha, era inferior a la superficie mínima y "no sería posible la legalización de lo solicitado". La arquitecta añadía que había inspeccionado la finca comprobando que la construcción estaba hecha sin autorización y concluía indicando claramente que se informa no favorable a la concesión de dicha licencia.

"Pese a la claridad del informe, la Junta de Gobierno, formada por todos los acusados, no la denegó, sino que acordó dejarlo sobre la mesa hasta que se aclarara la situación real de la edificación", precisa el fiscal, que añade que "después y sin justificación alguna pidieron un nuevo informe a la arquitecta municipal, que el 3 de septiembre de 2009 volvió a informarles de que la obra no era legalizable, respondiendo con claridad a las alegaciones de la solicitante de la licencia, con cita de preceptos legales, proponiendo el rechazo de la pretensión, al tiempo que expresamente repetía que su dictamen era no favorable a dicha licencia".

Sin embargo y “por razones que se desconocen”, los cinco acusados, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno local, requirieron el 4 de septiembre de 2009 a la arquitecta para que visitara otra vez el lugar de la construcción, lo fotografiara y señalara su uso. Por ello, la técnico municipal se personó el 29 de septiembre otra vez en la finca, informó que era un cuarto trastero para útiles de la finca, valorando los gastos de saneamiento y el de legalización, pero sin cambiar el criterio claramente informado en los dos informes precedentes.

No obstante la claridad de los dos informes técnicos anteriores advirtiendo de la imposibilidad de conceder la licencia para legalizar algo incompatible con la ley, la Junta de Gobierno local constituida por los acusados, "sin justificar mínimamente por qué se apartaba del claro criterio técnico y de las normas subsidiarias de planeamiento", en sesión extraordinaria de 30 de octubre de 2009 concedió la licencia. Ello con el voto favorable de todos los acusados, "conscientes de la arbitrariedad de su decisión de legalizar una construcción radicalmente incompatible con la normativa vigente".

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