Carmona

El acusado de matar a su padre a golpes no será enjuiciado por un jurado al ser inimputable

  • El jurado no llega a constituirse y queda desconvocado debido a la inimputabilidad del acusado, diagnosticado de esquizofrenia paranoide.

El magistrado-presidente del juicio con jurado popular que debía enjuiciar a partir de este lunes al hombre que mató a su padre de 92 años en 2012 tras propinarle numerosos golpes con un radiocasete en la vivienda donde ambos convivían en Carmona ha decidido desconvocar el jurado tras demostrarse que el acusado es inimputable.  En este sentido, fuentes judiciales han informado de que el jurado popular ha sido desconvocado en la mañana de este lunes debido a la inimputabilidad del procesado, motivada por la esquizofrenia paranoide de la que está diagnosticado.

Las mismas fuentes han precisado que un jurado popular sólo puede pronunciarse y emitir su veredicto sobre personas que puedan ser declaradas responsables de un hecho en concreto.  Una vez tomada la decisión de desconvocar el jurado, que no ha llegado siquiera a constituirse, la causa será tramitada como un sumario ordinario y será devuelta a su Juzgado de origen, como es el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Carmona, que deberá realizar los trámites correspondientes antes de enviar el caso a la Audiencia Provincial de Sevilla, donde una Sección Penal enjuiciará finalmente al procesado.

En su escrito de acusación, la Fiscalía pedía para el acusado, a cuenta de un delito de homicidio, nueve años de prisión y la medida de seguridad de internamiento en un centro de la sanidad pública o privada que cuente con una unidad especializada en Psiquiatría por un plazo de otros nueve años. La Fiscalía relata que los hechos tuvieron lugar el 26 de enero de 2012, cuando el procesado, nacido en 1961, entró al cuarto de baño de la vivienda con un radiocasete en el momento en que su padre se encontraba de pie dentro de la bañera llena de agua y, "molesto por una discusión previa" mantenida con él, le asestó un "fuerte" golpe con dicho aparato en la cabeza, provocando que cayera al suelo, donde continuó golpeándolo "hasta romper por completo" el aparato de radio. La víctima quedó entonces semiinconsciente, mientras que el acusado, "alterado" por lo acontecido, abandonó la vivienda para dirigirse al centro de salud de la localidad, donde solicitó ser ingresado por, según sus propias palabras, "haber matado a su padre a golpes", lo que motivó que efectivos policiales se personaran en el domicilio. Una vez allí, los agentes encontraron a la madre del imputado -que murió en septiembre de 2013- sujetando la cabeza "sangrante" de su marido, que se encontraba dentro de la bañera llena de agua, "evitando así que se hundiera y se ahogase". A consecuencia de estos hechos, la víctima fue ingresada en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla, presentando un traumatismo craneoencefálico y una contusión occipital y frontal derecho con pronóstico muy grave, tras lo que falleció finalmente a las 6:00 horas del 9 de febrero de 2012.

En el momento de los hechos, el acusado se encontraba descompensado psicopatológicamente por una mala adherencia al tratamiento, por lo que sus capacidades intelectivas y sobre todo volitivas se encontraban en aquel instante afectadas "de manera importante", motivo por el que la Fiscalía solicitaba la aplicación de una circunstancia eximente incompleta. El Ministerio Público, a la hora de solicitar su pena, también tenía en cuenta la atenuante analógica de confesión y la agravante de parentesco. 

La víctima y su mujer tenían otros cinco hijos, hermanos del procesado, quienes habían renunciado expresamente a cualquier acción civil y penal que pudiera corresponderles por estos hechos. 

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