Provincia

Dos años de cárcel para un pastor evangelista por abusos sexuales

  • Aprovechaba su autoridad moral sobre una feligresa a la que le hacía creer que era la que provocaba las agresiones

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 10 en la que se condenaba a dos años de prisión a un guía espiritual de la Iglesia Evangélica de San Juan de Aznalfarache que abusó sexualmente de una feligresa en reiteradas ocasiones.

La Sección Primera de la Audiencia sevillana ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el inculpado, J.D.S.A., contra la sentencia del juzgado penal al considerar que hay pruebas "con virtualidad suficiente para destruir la interina presunción de inocencia que amparaba al recurrente", informa Europa Press.

Además, el magistrado añade que la juez llevó a cabo una valoración "lógica, correcta y acertada". Por este motivo, la Audiencia Provincial condena a J.D.S.A. a la pena de dos años de prisión y al pago de 12.000 euros en concepto de indemnización por el daño psíquico causado a la denunciante. En cuanto a los hechos, la sentencia considera probado que la víctima encontró ayuda espiritual en el año 1989 en la Iglesia Evangelista de San Juan de Aznalfarache, donde colaboró con los demás miembros de la comunidad realizando actividades de formación, participación en cursos o limpieza del templo, entre otras cuestiones.

Todas esas actividades -prosigue el juez- las hacía "bajo el control y la supervisión del acusado", que actuó como guía espiritual durante más de diez años. En la primavera de 2001, la denunciante seguía en su vida privada y pública las indicaciones del inculpado, "cuya autoridad moral era en ese momento incuestionable" para la víctima, quien "respetaba su criterio como verdad absoluta".

En ese contexto, el magistrado explica que el procesado aprovechó su condición de "superioridad moral para besar en la boca" a la denunciante, que, "a pesar de la repugnancia que sintió, permitió la situación porque creyó que era la responsable de la actitud lasciva del acusado, tal y como él le decía de forma reiterada".

En otra ocasión, el acusado entró en el servicio donde dicha mujer se encontraba limpiando y "con la misma actitud le tocó los pechos y todas las partes de su cuerpo". La denunciante decidió guardar su secreto por miedo al rechazo de los demás miembros hasta que el sentimiento de culpa, imbuido por el acusado, derivó en una profunda depresión -según la sentencia- que prosigue que el acusado dijo a la comunidad que "ella era quien lo provocaba y lo hacía caer".

Así las cosas, la víctima abandonó la congregación y se entrevistó en febrero de 2002 con una psicóloga de la asociación Amuvi, que apreció en ella un estado de "confusión y profunda depresión con evidente distorsión perceptiva". Posteriormente, la víctima decidió denunciar los hechos, que han concluido con la condena.

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