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La juez que no tiene freno

  • Alaya se queda sola contra Lopera tras desestimar la petición de la Fiscalía de archivar la parte de la causa anterior a 1998 · La instructora cree en el delito continuado, en un plan ideado por aquél para su beneficio

Está resultando implacable y sus autos en favor de una fiel investigación son contundentes, ya tengan enfrente a Manuel Ruiz de Lopera o al mismísimo Ministerio Fiscal. El protagonismo que esta juez está cobrando en el panorama mediático sevillano trasciende al caso Mercasevilla, por cuanto Mercedes Alaya, la titular del Juzgado de Instrucción número 6 de esta capital, se ha convertido casi en la única esperanza en el corazón de millares de béticos, que ven en su leal ímpetu por sacar a relucir la verdad el único fin posible, y más o menos mediato, al secuestro que padece el Betis.

Ingobernable, Alaya desestimó ayer "íntegramente" la petición de la Fiscalía de que archivase parte de la causa que sigue contra Lopera, concretamente que declarase prescritos los hechos anteriores al 19 de marzo de 1998.

Más allá de señalar como "sorprendente" y "extravagante" la petición del ministerio que encabeza Margarita Viera, en sus extensos razonamientos jurídicos, que se extienden en 19 folios, insiste en su convicción de que Lopera "ideó un plan" para enriquecerse con el Betis. Argumenta también que la prescripción contaría desde la fecha de la última infracción, presuntamente cuando el 1 de julio de 2008 se resuelven las relaciones entre Encadesa y el Betis y entre Tegasa y Encadesa, "fecha en la que ya se habían iniciado las presentes diligencias previas", advierte el auto.

La base del razonamiento jurídico se asienta en la existencia de un delito continuado, aunque antes de entrar en faena se extraña la juez de que la Fiscalía se interesó por que el informe pericial fuese encomendado a funcionarios de la Administración Tributaria y que ahora lo "critique". "No es más que el colofón de la postura de enfrentamiento dialéctico y procesal y de nula colaboración que ha tenido dicho Ministerio Público en la presente causa con el Juzgado Instructor", añade.

Alaya, que critica también la forma en que la noticia llegó a los medios de comunicación el 28 de abril, a la par que al secretario del juzgado, aclara que la Fiscalía defiende hoy la investigación desde 1998 -en su día la acotaba desde 2003- cuando en su momento "no fue bien recibida" y, además, aclara que el juzgado entiende que el "presunto delito continuado de apropiación indebida" provoca que la actuación se extienda al 30 de abril de 1993, fecha en la que Tegasa comienza su andadura con el club.

Recuerda a la Fiscalía sentencias del Supremo sobre las prescripciones de los delitos y para demostrar la existencia, en este caso, de un presunto delito continuado al existir, además, "un plan preconcebido", que se fundamenta en los contratos suscritos entre Tegasa y Encadesa a partir del 18 de mayo de 1999, "en los que se pone de manifiesto la sucesión de la segunda en la posición de la primera".

Igualmente, detalla el crecimiento de la deuda de Farusa con el Betis, a raíz de la compra del paquete de 30.869 acciones, "cuando no había realizado desembolso alguno", y detalla las relaciones posteriores con el resto de empresas del entramado, Incecosa, Tegasa y Frigimueble, antes de la aparición de Encadesa. Se extraña de cómo el Betis cede a Tegasa todos sus ingresos cuando el capital social de ésta era "de 31 millones de pesetas", recuerda cómo Tegasa se beneficia "en 200 millones de pesetas de la venta del jugador Roberto Ríos", o cómo "la responsabilidad civil" por los delitos de la Hacienda Pública contra Lopera, según sentencia penal del 14-12-05, "fue asumida por el Betis".

Concluye este punto en que Encadesa suscribe con el Betis "idénticos" contratos que ostentaba Tegasa, de ahí que exista "unidad de ideación y dolo", "una única infracción" y una "continuidad delictiva" que fundamenta extensamente, a la par que advierte que el período de Encadesa "será objeto de una nueva entrega del informe pericial", hoy en curso.

Así, tacha de "incorrecto" el planteamiento de la Fiscalía, que olvida el delito continuado al solicitar la prescripción, habla de su "especial gravedad" por afectar a una "generalidad de personas" y advierte que no es siquiera necesario probar que la apropiación indebida quede incorporada al patrimonio de Lopera, ya que basta con demostrar el "perjuicio patrimonial ocasionado por el administrador".

Por todo ello, Alaya desestima la petición de la Fiscalía y previene a las partes de que podrán interponer recurso de reforma en el plazo de tres días.

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