Sevilla

La Audiencia avala una vez más al juez Serrano a dos días del juicio en el TSJA

  • Rechaza la petición del fiscal y de la madre de declarar nulo el primer auto que respaldó al magistrado

La Audiencia de Sevilla ha dictado un nuevo auto que avala la decisión del juez de Familia Francisco Serrano de ampliar el régimen de visitar a un niño para que pudiera salir de paje en una cofradía de la Madrugada sevillana. Esta nueva resolución de la Sección Segunda de la Audiencia de Sevilla se produce a tan sólo dos días del inicio, el próximo lunes en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), del juicio por presunta prevaricación contra el juez Serrano.

El auto de la Audiencia rechaza la petición que realizó la Fiscalía de Sevilla y el abogado de la madre del niño, que ejerce la acusación particular contra el juez Serrano, para que se declarase la nulidad del primer auto en el que el tribunal consideró correcta la decisión del juez de ampliar el régimen de visitas. El departamento que dirige María José Segarra y la madre del niño pidieron la nulidad por "prejudicialidad penal", al entender que debía paralizarse el proceso civil mientras se mantenía abierta la causa penal en la que debe examinarse precisamente la decisión adoptada por el juez de Familia.

La Sección Segunda de la Audiencia de Sevilla sostiene que no se ha producido ninguna vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva porque el juez de Familia tenía la "competencia objetiva y funcional" para conocer el procedimiento para la ampliación del régimen de visitas. La decisión de la Audiencia, añade el tribunal, "motivó y exteriorizó" desde la perspectiva de la legalidad "sustantiva y procesal ordinaria" la resolución del juez Serrano en cuanto a la "competencia y contenido".

La Audiencia reitera que el auto del juez Serrano fue "conforme con el ordenamiento jurídico sustantivo y procesal, ello con independencia de las diligencias penales seguidas ante el TSJA cuya resolución no tiene necesariamente que entrar en contradicción con aquella".

Con este auto, la Audiencia confirma su resolución de junio pasado, en la que sentenció que Serrano estaba facultado para resolver la cuestión del menor.

La Audiencia de Sevilla ha acordado por todo ello desestimar la solicitud de nulidad planteada por el letrado de la madre del menor y, en consecuencia, le ha condenado a pagar las costas del incidente planteado, según refleja el auto del tribunal.

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