Sevilla

El TS fija para el día 30 la revisión de la condena al juez Serrano

  • Está inhabilitado por cambiar el turno de custodia de un niño para que saliera de paje

El Tribunal Supremo revisará el próximo 30 de mayo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en octubre pasado condenó a dos años de inhabilitación al juez de familia de Sevilla Francisco Serrano por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años para garantizar su salida como paje en una cofradía de la Madrugada.

Se da la circunstancia de que el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas, al que ha correspondido este caso en el Supremo, desistió en su día del recurso anunciado inicialmente por la Fiscalía andaluza para solicitar la absolución del magistrado en consonancia con su postura durante el juicio, al término del cual retiró los cargos.

La Sala que revisará este caso estará integrada por el presidente de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra, y los magistrados Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución, según informaron fuentes del alto tribunal.

La sentencia dictada en su día por el TSJA condenó también a Serrano al pago de las costas y a indemnizar a la madre del menor con 4.000 euros, mientras que lo absolvió de prevaricación dolosa, todo ello en una sentencia en la que la Sala acordó solicitar al Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación.

En el juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones provisionales y pasó de pedir diez años de inhabilitación a solicitar la libre absolución del magistrado, mientras que la acusación particular ejercida por la madre del pequeño elevó a definitiva su petición para el magistrado de 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante. De su lado, el abogado del juez pidió la libre absolución de su patrocinado.

Según la sentencia del TSJA, el juez Serrano "dictó y firmó un auto resolviendo la medida cautelar solicitada sin trámite procesal alguno, sin dar traslado ni pedir informe al Ministerio Fiscal, sin oír previamente, y pese a conocer sus domicilios, a ninguno de los progenitores del menor, ni al padre ni a la madre, a quien se atribuía una actitud reticente u obstativa".

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