Sevilla

Tercer fallo del Tribunal Supremo que avala la ordenanza de ciclistas

  • La resolución responde al recurso presentado por el Ayuntamiento y la asociación A Contramano contra una sentencia del TSJA que vetaba compartir espacios con peatones y amarrar las bicis a mobiliario urbano.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que, por tercera vez, declara ajustada a derecho la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas de Sevilla, aprobada en 2007 y que permite a las bicicletas circular por zonas peatonales y aceras y ser amarradas a los árboles y farolas. La resolución del Supremo se produce tras el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Sevilla y la asociación ciclista A Contramano contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en 2008 anuló cuatro artículos de la ordenanza municipal.

El Supremo decreta que es ajustada a derecho la decisión municipal de permitir que los ciclistas y peatones compartan espacios y que los ciclistas sean autorizados a amarrar sus bicicletas a las farolas y otro mobiliario urbano. Ya en 2010 y 2012 el Supremo emitió sentencias similares en respuesta a otras tantas resoluciones del TSJA, que aceptó los recursos de empresas particulares y en este último caso lo hizo por la queja de la asociación comercial Aprocom.

Según la sentencia, "al acotar un espacio lateral o parte de las aceras que antes era del exclusivo uso de los peatones para que puedan circular por un nuevo pasillo las bicicletas" no se conculcó la zona peatonal, pues "aunque pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas". En cuanto a los preceptos anulados que permitían asegurar o amarrar bicicletas a árboles o elementos del mobiliario urbano cuando no existan estacionamientos para bicis en un radio de cincuenta metros, el TS dice que no vulnera ninguna norma. Razona que "la corporación municipal, como titular de los bienes de dominio público, excepcionalmente puede autorizar que se puedan estacionar las bicicletas en estos lugares públicos siempre y cuando no se perjudique la salud del árbol, ni impidan su perfecta visibilidad y siempre que no entorpezcan el paso de peatones".

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