TRÁFICO Cuatro jóvenes hospitalizados en Sevilla tras un accidente de tráfico

Sevilla

Urbanismo achaca la subida de la tasa de licencia de obras a un "error en un archivo informático"

  • El texto sobre la revisión de las tasas fiscales de 2014 incluye un párrafo que debía haber sido suprimido porque no correspondía con la ordenanza aprobada en el Pleno.

La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha puesto de manifiesto que, en relación al expediente administrativo 2/2013 del Servicio de Gestión Financiera y Tesorería, incoado a los efectos de llevar al Pleno del Consistorio la aprobación inicial de las modificaciones de las Ordenanzas Fiscales para 2014, se ha producido "un error material", que asegura que ha propiciado "la introducción de un párrafo relativo a la tasa por licencias de obras que había quedado anteriormente suprimido del texto, no debiendo, por tanto haberse reproducido". 

A través de un comunicado, afirma que, en concreto, el "error" ha consistido en que el archivo informático empleado para realizar las modificaciones que se recogen en las Ordenanzas Fiscales para la próxima anualidad "no se corresponde con el de las Ordenanzas Fiscales aprobadas definitivamente por el Ayuntamiento en el Pleno del 28 de diciembre de 2012, sino con el de las aprobadas provisionalmente por ese mismo órgano, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2012".  "En consecuencia, este último texto (utilizado por error para elaborar sobre la base del mismo la revisión de las tasas fiscales propuestas para el año 2014) incorporaba un apartado en el artículo 9.4 -referente a la Ordenanza Fiscal por prestación de servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo-, que finalmente fue suprimido, como resultado de la estimación de una alegación presentada por Miguel Rus Palacios en nombre de la Confederación de Empresarios de Sevilla", matiza. 

Así, recuerda que este apartado decía literalmente que "se entenderá, en todo caso, que tienen carácter singularísimo y peculiar a estos efectos las obras o instalaciones proyectadas cuyos presupuestos excedan en más de un 25% del valor resultante de la aplicación de las reglas y módulos que se contienen en los artículos décimo y undécimo".  Igualmente, asegura que el texto utilizado "por error" tampoco recogía unas modificaciones aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en relación con la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o tramite la Gerencia de Urbanismo a instancia de parte. "Para hacer constar estos errores, la jefa del Servicio de Tesorería y Gestión Financiera de la Gerencia de Urbanismo, ha redactado una diligencia, que será integrada en el expediente administrativo correspondiente, a los efectos de la completa subsanación de los mismos", sentencia. 

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios