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Sevilla

Condena al SAS por la muerte de un paciente tras una infección hospitalaria

  • El fallo reconoce que durante el fin de semana no se le hicieron pruebas complementarias.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 41.342,79 euros a la viuda y los ocho hijos de un paciente que falleció en 2007 en el hospital Virgen Macarena de Sevilla a causa de una infección nosocomial. La sentencia, que se produce tras la demanda que presentó el abogado Francisco Tejado -uno de los hijos del fallecido-, reconoce que el fin de semana del 28 al 29 de julio se interrumpió la continuidad en la asistencia médica al paciente, que tenía 82 años y murió en la madrugada del 30 de julio.

Durante ese fin de semana, señala la juez, el enfermo se mantuvo a cargo de los enfermeros, con medidas antitérmicas y físicas, "sin que se modificaran las instrucciones y prescripciones previas, ni se solicitaran pruebas complementarias en razón a la situación clínica del paciente, justificada en la persistencia de la fiebre alta, con picos elevados, y en el deterioro de su estado de salud".

La magistrada argumenta que la cuestión que se plantea en este proceso es si el paciente habría sobrevivido de haberse realizado esas pruebas y modificaciones en el tratamiento. "El razonamiento es de mero sentido común, el enfermo se encontrará en unas condiciones más favorables de responder al tratamiento cuanto más completo sea su estudio y antes se le atienda", señala la sentencia, que añade que esa falta de atención habría "generado una situación en la que disminuía de manera importante la probabilidad de frenar el curso evolutivo de la infección".

El paciente murió a causa de una infección respiratoria aguda que cumple los criterios de una infección nosocomial, pero el perito de la compañía aseguradora del SAS señala que no se puede asegurar ni descartar que esa infección estuviera relacionada con un ingreso previo que había tenido el enfermo en el servicio de Psiquiatría del mismo hospital.

La juez considera acreditado que el anciano sufrió una infección respiratoria nosocomial durante sus dos ingresos hospitalarios, "sin que por la Administración sanitaria se haya probado la adopción durante dichos ingresos de las necesarias medidas de asepsia personal e instrumental, que se había desinfectado de forma meticulosa el área clínica, así como la realización de la antibioterapia adecuada". La sentencia señala que una vez examinado el expediente administrativo no aparece en el mismo ningún informe de la sección de Medicina Preventiva y Salud Pública que acredite "la adopción de todas las medidas profilácticas necesarias para evitar la ruptura de la cadena aséptica durante los dos periodos de tiempo en que estuvo ingresado el paciente".

La familia había reclamado una indemnización de 900.000 euros, pero la juez ha decidido reducirla porque entiende que debe tenerse en cuenta que también contribuyó al fallecimiento "la patología previa" que presentaba el paciente, que estaba afectado por una pluripatología entre la que destacaba la enfermedad de Parkinson aunque no constaba en su historial antecedentes de patología respiratoria.

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