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Sevilla

Multa de 73.000 euros por no diagnosticar un desprendimiento de retina en el Valme

  • Una facultativa de Oftalmología del servicio de Urgencias del centro hospitalario confundió la patología con un caso de cataratas.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla ha condenado a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud, Zurich España, a indemnizar con 72.762 euros, más 10.000 euros de intereses a un vecino del municipio de Lebrija por un diagnóstico tardío de desprendimiento de retina.

El pasado 8 de junio de 2010, el paciente, de 45 años, acudió al centro de salud de su municipio tras perder de forma brusca la visión del ojo derecho. Tras una primera exploración, su doctora le derivó de forma urgente al servicio de Oftalmología del Hospital de Valme y le entregó un informe donde dejaba constancia de la sospecha de un desprendimiento de retina. Más tarde, el paciente acudió al servicio de Urgencias de este centro hospitalario, donde una oftalmóloga le atendió. Sin embargo, ésta relacionó la pérdida de visión con el problema de cataratas que el enfermo padecía en el ojo desde hacía varios meses y, por el cual, permanecía en lista de espera para ser intervenido quirúrgicamente. Por esta razón, según los servicios jurídicos del Defensor del Paciente, encargado de tramitar el caso, la oftalmóloga del Valme decidió no realizarle al paciente una prueba básica para descartar el desprendimiento de retina, como es un fondo de ojo. Tras el diagnóstico, confiado, el enfermo se marchó a su casa

Pero, nueve días más tarde, el paciente regresó al hospital donde fue atendido por la misma oftalmóloga. Su situación había empeorado. Según confirmó el paciente, ya sólo apreciaba luces con su ojo derecho; y, ahora sí, la doctora, tras una exploración del fondo de ojo, dio con el diagnóstico correcto: un desgarro gigante de la retina y desprendimiento macular.

El hombre fue intervenido posteriormente hasta en tres ocasiones, pero, actualmente, su visión en el ojo derecho es nula. Así, según los informes de los peritos presentados por la acusación, si no se hubiese producido tal demora, el paciente habría preservado una mayor agudeza visual.

La parte demandada contradijo esta afirmación durante el juicio alegando que las secuelas que presenta el paciente actualmente no están relacionadas con la demora en el diagnóstico, ya que "es correcto realizar el tratamiento quirúrgico para paliar los efectos del desprendimiento de retina entre 7 y 10 días, incluso hasta un mes después". Un argumento que la magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla desestimó argumentando que es "contrario a toda lógica estimar que es indiferente el retraso en el diagnóstico para la efectividad del tratamiento quirúrgico vista la evolución del paciente entre ambas consultas del servicio de urgencias".

Aunque el demandante pedía una indemnización de 160.000 euros, finalmente la magistrada dictaminó la cifra de 72.767 euros por lesiones permanentes e incapacidad permanente total.

La sentencia critica la actuación del servicio de oftalmología del Hospital de Valme y da validez a las observaciones presentadas por los servicios jurídicos del Defensor del Paciente, que declaró que a los alumnos de primero de Medicina se les enseña que el medio para diagnosticar un desprendimiento de retina es un fondo de ojos, por lo que "es imperdonable" que no se le hiciera esta prueba al paciente.

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