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Caso mercasevilla

Alaya vuelve a procesar a Torrijos y a otras 15 personas por el concurso "fraudulento" de los suelos de Mercasevilla

  • Exculpa a los ex directivos Fernando Mellet y Daniel Ponce de falsedad en relación con una factura emitida por los gastos de vallas publicitarias.

La juez Alaya sigue corrigiendo su error en el sumario de la venta de los suelos de Mercasevilla. La juez acaba de dictar un nuevo auto en el que vuelve a procesar por el "concurso fraudulento" para la venta de los suelos de Mercasevilla a los ex ediles Antonio Rodrigo Torrijos (IU) y Gonzalo Crespo (PSOE), a dos ex gerentes de Urbanismo y a varios funcionarios de este organismo que se encuentran en la lista de 16 procesados, que también incluye a los ex directivos del Mercado mayorista Fernando Mellet y Daniel Ponce y a otros tantos funcionarios de Urbanismo.

No obstante, en el nuevo auto, que tiene fecha del 5 de diciembre pasado y que se produce después de que la Audiencia anulara su anterior auto de procedimiento abreviado -que dictó hace casi un año, el 20 de diciembre de 2013-, Alaya ha exculpado a Fernando Mellet y Daniel Ponce de una presunta falsedad en relación con los gastos de unas vallas publicitarias.

La nueva resolución de Alaya, que vuelve a dar un plazo de diez días a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral y presenten sus escritos de conclusiones provisionales, acuerda de nuevo transformar las diligencias previas en un procedimiento abreviado que se sigue por delitos de prevaricación, contra la ordenación del territorio, asociación ilícita y falsedad cometido por funcionario público en delito mercantil. El auto confirma el archivo de las actuaciones contra tres de los imputados, la ex directora del área de Contabilidad de Mercasevilla Pilar Giraldo Moreno y los técnicos José Manuel Ferrera Rimada y Alfredo Delmo Suárez, al estimar que "no existen motivos suficientes para considerar responsables" a estas personas de los delitos que se investigan.

La Fiscalía de Sevilla, que ahora tendrá que volver a presentar su escrito de acusación, había solicitado una condena de dos años de cárcel para el ex portavoz de IU en el Ayuntamiento de Sevilla Antonio Rodrigo Torrijos y para el ex asesor del grupo municipal del PSOE Domingo Enrique Castaño, pero acusó finalmente sólo a diez de los 16 procesados y exculpó a los ex gerentes de Urbanismo Manuel Marchena y Miguel Ángel Millán, así como a los funcionarios de Urbanismo Emilia Barrial y María Isabel Evans, al ex subdirector de Mercasevilla Daniel Ponce y al arquitecto Alberto Balbontín.

La investigación de la causa por la venta de los suelos de Mercasevilla se inició a raíz de las diligencias previas abiertas por un delito de cohecho –que terminaron con la condena de los ex directivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce, y del ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas-. Alaya ha investigado en esta causa la presunta preparación de un concurso público para la adjudicación de una opción de compra sobre la totalidad de los terrenos donde se encuentra ubicada la entidad Mercasevilla, con la "dirigida finalidad" de que la adjudicataria fuera la entidad Sanma, la misma que se habría subrogado con anterioridad en el derecho de superficie de la entidad Larena 98 sobre una de las parcelas de Mercasevilla, ante la imposibilidad de que dicha entidad pudiera construir unas naves.

La instructora considera que la "intención" de Fernando Mellet, y de los concejales Antonio Rodrigo Torrijos (IU) y Gonzalo Crespo (PSOE), así como Domingo Enrique Castaño -asesor del alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín- era llevar a cabo un "concurso fraudulento" que beneficiara "claramente" a la constructora Sanma (filial del grupo Sando), para lo cual se introdujeron dos cláusulas en el pliego del concurso, una de limitación al alza, que "penalizaba extrañamente las ofertas superiores sobre el precio de compraventa" con la que se conseguía un "efecto perverso" al penalizar las ofertas de mayor cuantía económica en beneficio de las inferiores, y la cláusula de titularidades previa, que primaba la titularidad sobre un derecho de superficie sobre los terrenos.

Ese pliego de condiciones se elaboró, según argumenta la juez, "intencionadamente para beneficiar a Sanma" e incluso en el pliego definitivo del concurso aprobado por la Comisión Ejecutiva de Mercasevilla no se recogía la exigencia de incluir la descripción de cualquier derecho de superficie u ocupación, por lo que "quedaba oculto para el resto de los licitadores la ventaja (hasta 10 puntos) concedida a Sanma".

La instructora señala que la cláusula de limitación al alza no aparecía en el pliego de condiciones cuando fue aprobado en la reunión de la Comisión Ejecutiva del 8 de noviembre de 2005, sino que fue "introducida de rondón" en la reunión del Consejo de Administración, ya meramente formal, el día 30 de noviembre, acción que Alaya atribuye entre otros imputados a Castaño, Mellet, Rodrigo Torrijos y Gonzalo Crespo.

La juez asegura que fue el entonces director de Vía Pública Domingo Enrique Castaño, "persona de confianza del alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín" quien entró en contacto con Sanma, que estaba muy "interesada en Mercasevilla" y en llevarse "todo el lote: derecho de superficie, opción de compra y futura adquisición de los terrenos y traslado y construcción de la nueva sede de la Unidad Alimentaria".

Los responsables de Sanma, según Alaya, necesitaban como contraprestación para subrogarse el derecho de superficie de Larena 98 que "se les garantizara la concesión" del derecho de compra de la totalidad de los terrenos y que se les garantizara la obtención de licencia de edificación en las parcelas afectadas por ese derecho.

Al concurso concurrieron ocho empresas, algunas de las cuales tenían relaciones internas entre si y con Sando, y “salvo tres de ellas, las cinco restantes por su exiguo volumen y por la carencia de ajuste mínimo a las prescripciones del pliego, podrían considerarse ofertas de relleno” y el resultado, prosigue Alaya, fue que “indiciariamente todas las licitadoras, salvo Sanma, se excluyeron a sí mismas”, aunque para la juez la valoración de las ofertas que se hizo también “benefició ilegítimamente” a esta constructora.

Para la juez, Sanma fue igualmente beneficiada posteriormente con la concesión de la licencia de primera ocupación por parte de la Gerencia a pesar de que no había finalizado la construcción de la infraestructura eléctrica -con lo que existían unas “enormes deficiencias” en la urbanización-, cuando a la anterior empresa, Larena 98, se le había denegado por este motivo.

La instructora imputó a varios funcionarios por no haber dado el "pase" al servicio de Proyectos, Obras y Actuaciones Infraestructurales, lo que “impediría sin la visita a la obra y conociendo las graves deficiencias en el suministro eléctrico, la licencia de primera ocupación”. 

Ideólogos del amaño

Domingo Enrique Castaño, el ex asesor del anterior alcalde, y el ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet son para la juez los ideólogos del amaño del concurso para la venta de los suelos. En el auto la instructora atribuye a la mayoría de los imputados un delito de asociación ilícita del artículo 515 del Código Penal, pues "todo ellos en un momento determinado se habrían organizado, con cierta consistencia y jerarquía, en torno a la figura de Domingo Enrique Castaño y Fernando Mellet, para realizar cada uno su ilícito cometido". 

La juez asegura que fue el entonces director de Vía Pública Domingo Enrique Castaño, "persona de confianza del alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín" -la magistrada cita en varias ocasiones al ex alcalde- quien entró en contacto con la constructora Sanma, que estaba muy "interesada en Mercasevilla" y en llevarse "todo el lote: derecho de superficie, opción de compra y futura adquisición de los terrenos y traslado y construcción de la nueva sede de la Unidad Alimentaria". 

La situación económica de Mercasevilla era "particularmente grave" en 2004 y se enfrentaba a una demanda millonaria de Larena 98, de ahí que según las sospechas de la instructora, se buscara la entrada de Sanma, pero la constructora necesitaba como contraprestación para subrogarse el derecho de superficie de Larena 98 que "se les garantizara la concesión" del derecho de compra de la totalidad de los terrenos y también la obtención de licencia de edificación en las parcelas afectadas por ese derecho. 

Al concurso concurrieron ocho empresas, algunas de las cuales tenían relaciones internas entre sí y con Sando, y "salvo tres de ellas, las cinco restantes por su exiguo volumen y por la carencia de ajuste mínimo a las prescripciones del pliego, podrían considerarse ofertas de relleno" y el resultado, prosigue, fue que "indiciariamente todas las licitadoras, salvo Sanma, se excluyeron a sí mismas", aunque para la juez la valoración de las ofertas también "benefició ilegítimamente" a esta constructora. 

Alaya considera que los hechos pueden constituir un delito de prevaricación, en lo que se refiere a la "preparación presuntamente ilícita del concurso público", del que serían presuntos autores Domingo Enrique Castaño, Antonio Rodrigo Torrijos, Gonzalo Crespo, y Fernando Mellet, entre otros.

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