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Sevilla

El conductor que provocó el atropello circulaba a casi 80 km/h

  • El atestado policial concluye que no se puede determinar si hubo una desatención del imputado o también de la víctima

El atestado realizado por la Policía Local en relación con el atropello mortal del pasado 22 de febrero en la ronda de Pío XII concluye que el conductor circulaba a una velocidad excesiva, a casi 80 kilómetros por hora en un tramo limitado a 50.

Según el informe policial, el exceso de velocidad no fue la causa directa del atropello pero "sí de su resultado", y la velocidad a la que circulaba por la ronda de Pío XII se estima en 79,2 kilómetros por hora.

Los agentes recuerdan que el conductor, C. A. A. A., que quedó en libertad hace unos días, fue sancionado en dos ocasiones anteriores en el año 2015 por sendos excesos de velocidad, uno de ellos al ser sorprendido circulando entre 51 y 70 km/h en la avenida de Eduardo Dato, y otro por circular a 115km/h en una zona limitada a 80.

Los investigadores consideran que el atropello se produjo justo al final del paso de peatones, que la víctima cruzaba de derecha a izquierda, hacia la acera donde está el bar El rey de la cerveza.

Pero el atestado no es del todo negativo para el conductor, puesto que los agentes señalan en su dictamen que no han podido determinar si el semáforo que regula el punto donde se produjo el accidente se hallaba en fase verde, como defiende el conductor. "Esta instrucción carece de elementos objetivos para determinar cuál de los dos implicados fue el que desobedeció la señalización semafórica que le afectaba".

El atestado policial considera igualmente que en caso de haber conducido respetando el límite de 50 km/hora el atropello "pudiera haber sido evitado, con una correcta atención del conductor, toda vez que el vehículo se hubiera detenido en una distancia de 35,17 metros desde que se pudo percibir el peligro". En cualquier caso, los policías no atribuyen exclusivamente el accidente al conductor. "Esta instrucción entiende que sin duda existió una falta de atención a las circunstancias de la vía, sin poder determinar si esa desatención fue realizada por uno de los dos implicados o bien por los dos simultáneamente". Y a este respecto añade lo siguiente: "Parece difícil entender que en una vía de tramo recto y llano, con cuatro carriles de circulación, iluminada y con buenas condiciones climatológicas, el conductor no viera a un peatón cruzando la calzada e igualmente el peatón no se diera cuenta de que por ella venía circulando un turismo, a gran velocidad, con las luces encendidas y de color blanco".

Según declaró ante la juez el conductor, circulaba a una velocidad "moderada de 40 ó 50 kilómetros por hora", tenía "plena visibilidad" y no había otros vehículos transitando por la avenida, por lo que atribuyó el accidente a que el peatón pudo cruzar por un lugar distinto al paso de cebra. Así, asegura que el impacto tuvo lugar cuando ya había rebasado el paso de peatones y añadió que el semáforo que tenía en el sentido de su marcha se hallaba en verde. El conductor indicó asimismo que, nada más arrollar a la víctima, se detuvo y llamó a los servicios de emergencias.

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