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El juez rechaza la suspensión "urgente" del desalojo de La Raza

  • El juzgado emplaza al Ayuntamiento para que se pronuncie sobre la medida cautelar solicitada

Primer revés judicial para La Raza. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Sevilla rechazó ayer la suspensión por motivos de "especial urgencia" de la orden de desalojo de las instalaciones, después de que el Gobierno municipal concediera a principios de julio tres meses para abandonar las dependencias del histórico bar en el Parque de María Luisa.

El magistrado Francisco Javier Sánchez Colinet acordó ayer rechazar la medida cautelar "inaudita parte" que había solicitado el abogado de los hosteleros y, al contrario, decidió incoar una pieza separada para la sustanciación de esta medida.

En el auto, el juez recuerda que el artículo 135 de la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que el juez o tribunal, "atendidas las circunstancias de especial urgencia que concurran en el caso, podrá, en el plazo de dos días, apreciar las circunstancias de especial urgencia y adoptar o denegar la medida, sin oír a la parte contraria" o "no apreciar las circunstancias de especial urgencia y ordenar la tramitación del incidente cautelar conforme al artículo 131".

Los empresarios, prosigue el juez, alegaron para solicitar la "perentoriedad del plazo" otorgado por la Administración para formalizar el desalojo.

Sin embargo, el magistrado señala que, una vez analizado el acuerdo impugnado -en este caso la decisión del gobierno municipal del pasado 8 de julio y que fue notificado el 14 de julio-, "no puede estimarse la perentoriedad que se alega, pues, de una parte, la Administración ha dado el plazo de tres meses para el desalojo voluntario, tiempo suficiente para ello y para, con la audiencia de la parte demandada resolver el incidente de la medida cautelar solicitada".

El juez considera asimismo que la causa de la extinción de la concesión, "aunque ello no sea un punto de controversia en el litigio, ha sido el transcurso del plazo, que la propia parte recurrente ha podido conocer y disponer para su mejor organización, por lo que no se advierte razón suficiente para privar, como se pide, a la Administración Pública de ser oída, antes de resolver sobre la medida cautelar solicitada", lo que obliga según el auto a abrir una pieza separada para la sustanciación de dicha medida.

El acuerdo del gobierno municipal del pasado 8 de julio, en el que emplazó a La Raza al desalojo voluntario en tres meses, desestimó el recurso de reposición presentado por la empresa, que reclamaba que la concesión se extendiera hasta el año 2022, al entender que el pasado 2 de mayo expiró la última prórroga del arrendamiento suscrito en 1972 entre el Ayuntamiento, como titular, y José Rodríguez Cala, como fundador del negocio. Este acuerdo se fue prorrogando desde entonces y al mismo se subrogaron sus descendientes.

Los propietarios del negocio pidieron que se reconozca esa concesión hasta que, al menos, finalice el plazo de los 50 años desde que se inició el contrato. También alertaron del grave perjuicio para los 400 empleados del grupo La Raza.

La empresa viene desarrollando su actividad con un contrato de renta antigua, por el que paga una cantidad que dista mucho del precio de mercado: el Ayuntamiento señaló en su día que percibía 200 euros por el alquiler y al empresa lo eleva a 1.500 euros, al incluir diferentes conceptos. A otros establecimientos les ha ocurrido lo mismo, por cuanto la ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) les ha obligado a renegociar las condiciones o a bunar otras instalaciones.

El gobierno de Juan Ignacio Zoido (PP) decidió a seis meses de las pasadas elecciones locales reconvertir este tipo de contratos en concesiones administrativas y, en el mismo acto, poner fecha de extinción, tal y como acordó en el seno de la junta de gobierno local.

El director del grupo La Raza puso de manifiesto en su momento que, aunque en 1985 el Ayuntamiento emprendió una revisión de oficio de este arrendamiento al entender que el espacio del restaurante es un bien de dominio público y por su naturaleza no cabía un arrendamiento convencional, con la idea de convertir el contrato de alquiler en "una concesión administrativa", el procedimiento fue "archivado" y el contrato de arrendamiento "se mantuvo", por lo que los directivos de La Raza interpretaban que el mismo "era correcto".

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