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La juez da carpetazo al cobro ilegal de tasas en la Policía Local

  • La instructora basa el archivo de la causa en la falta de pruebas por el fallecimiento del "cabecilla" Reprocha al Ayuntamiento la "inexistencia de mecanismos de control"

Después de más de seis años de instrucción, la juez ha dado carpetazo a la investigación iniciada en 2010 en torno a una trama en la Policía Local para el cobro de tasas ilegales relacionadas con los transportes especiales y también para la retirada de multas a cambio de dinero. En la causa figuraban como imputadas 17 personas, de las cuales 12 son policías locales (dos subinspectores, un subinspector ya jubilado, y nueve agentes, ente ellos, uno jubilado) que pertenecen o habían pertenecido a la unidad de Tráfico-Motoristas, mientras que las otras cinco son un tramitador de documentos administrativos y cuatro trabajadores de las empresas de grúas.

En esta investigación había otro policía local más imputado, pero falleció durante la instrucción, al igual que le ocurrió a la magistrada que entonces dirigía el juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, lo que ha ralentizado esta investigación que se abrió en 2010.

La muerte del "cabecilla" de la trama, según explica la juez en el auto de archivo, es uno de los elementos que han determinado el sobreseimiento de la causa. Así, la juez Reyes Flores -que retomó la investigación tras la muerte de la anterior titular del juzgado- explica que aunque la "prolija investigación" realizada por el Grupo Especial de Policía Local (Gepol) ha arrojado "indicios aislados, hechos concretos y noticias sobre posibles actuaciones de los agentes implicados a cambio de dinero, no ha podido precisarse transacción económica o entrega alguna; quizás esencialmente motivado por el fallecimiento del principal encausado, a cuyas órdenes e incluso bajo cuya presión, actuaban en su caso los agentes imputados, apareciendo claramente concluyente la investigación en cuanto debe atribuirse al mismo la organización del sistema para no cobrar en el modo establecido el canon por servicios especiales, favoreciendo así a empresas concretas".

La juez añade que consta indiciariamente acreditado que el policía fallecido "percibía dinero de tales empresas, trabajando para las mismas por las tardes".

El auto incluye una crítica con respecto a los mecanismos de control del Ayuntamiento para imposibilitar este fraude. "Tanto en este tema como en el de las multas de tráfico [la destrucción de los boletines a cambio de dinero], lo cierto es que la dificultad probatoria, pese a la exhaustiva labor investigadora, radica en la inexistencia de mecanismos de control y reglamentación de la actuación y custodia de los documentos en el propio Ayuntamiento, constando incluso que se modificó tanto el sistema de cobro del canon como el régimen de custodia de los boletines de denuncia", precisa la juez.

La magistrada insiste en que no ha sido posible llegar a "conclusión cierta y concreta de las actuaciones" que pudieran constituir el delito de cohecho, "del que obviamente hay indicios, más no suficientes para concretar una imputación penal, por lo que en todo caso debería solventarse en el ámbito administrativo y reglamentario tal posible comportamiento irregular o ilícito".

Respecto a los policías imputados, la juez destaca que "no existen elementos suficientes para imputarles conductas concretas" respecto a que actuaran "en contra de sus obligaciones y aprovechando su condición, a cambio de dinero, por más que tal como se ha razonado, se hayan constatado actuaciones genéricas en tal sentido". Sobre los empresarios de la grúa implicados, dice que "igualmente no ha sido posible acreditar esas entregas de dinero, no siendo suficiente a estos efectos que se constate que no constan el procedimiento legalmente establecido o que obtenían trato de favor".

El Ayuntamiento de Sevilla tuvo conocimiento de las denuncias de corrupción policial en diciembre de 2009, cuando la Hacienda Local envió un escrito al jefe de la Policía Local solicitando que se revisaran si se estaban remitiendo todos los servicios susceptibles de tasas, dado que había detectado una disminución importante de la recaudación, al igual que por el papel de pagos, que se había reducido de 21.927,48 euros en 2007 a sólo 856,95 euros en 2010. Únicamente se tenía constancia de 19 servicio de escoltas a grandes mercancías y cortes de calles. Después de este escrito, la unidad de operaciones incrementó notablemente la facturación por tal concepto, pasando de 9.517,77 en 2009 a 22.030,85 en el año 2010.

Este impuesto era cobrado supuestamente por alguno de los agentes imputados, que percibieron 200.000 euros en cinco años sólo de una de las empresas de grúas, por lo que el fraude se estimaba que podía superar incluso el medio millón de euros.

El encargado de cobrar las tasas era el policía fallecido, quien, con la colaboración de otros agentes veteranos y un grupo reducido de otros miembros de la unidad, se dedicaban a realizar cortes de calles, ordenación del tráfico y escolta de mercancía de manera extraoficial. El dinero de la tasa no se ingresaba luego en el Ayuntamiento y sólo comenzaron a realizarse los ingresos a partir de septiembre de 2009, cuando uno de los policías imputados fue detenido en el marco de la operación Pájaro, un golpe de la Policía Nacional al tráfico organizado de hachís y anabolizantes.

La juez asegura en el auto que constan documentos que acreditan la prestación de servicios de acompañamiento a la tuneladora del Metro de Sevilla que "no fueron facturados al Ayuntamiento en modo alguno, si bien la empresa Eurogrúas facturó a la UTE Metro por el concepto de tasas y escoltas la suma de 3.300 euros".

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