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La Junta limita la información de los alumnos admitidos en los colegios
La Junta limita la información de los alumnos admitidos en los colegios
Educación modifica la orden de escolarización tras las advertencias de Protección de Datos · Sólo aparecerán el nombre y los puntos obtenidos por la baremación
Diego J. Geniz | Actualizado 13.01.2009 - 05:03Los datos personales de los alumnos admitidos en los centros educativos públicos y concertados desaparecerán del tablón de anuncios de los colegios. Es la principal novedad que recoge el borrador de la orden de escolarización que prepara la Junta y que modifica una anterior que apenas tiene dos años. De esta forma, la Consejería de Educación responde a las advertencias de la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD)sobre la difusión de información de los menores andaluces durante el proceso de escolarización.
El proyecto de nueva orden -que será debatido próximamente con los sindicatos en la reunión de la mesa sectorial de Educación- explica en uno de sus puntos que "la Ley Orgánica de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal [...] hace necesario modificar la orden de 24 de febrero de 2007". La citada ley establece que los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado lo consienta expresamente. Llama la atención que la orden de escolarización, fue redacatada en 2007 sin tener en cuenta esta ley, que llevaba en vigor ocho años.
El cambio que se introducirá afecta al artículo 32 de dicha normativa, por lo que a partir de ahora los colegios mantenidos con financiación pública colgarán en el tablón de anuncios del centro "la relación de los solicitantes, indicando, para cada uno de ellos, exclusivamente el total de puntos obtenidos por la aplicación de los apartados de dicho baremo". En la práctica, esta modificación supone la desaparición de los datos personales que hasta este curso se han incluido y que correspondían a cada uno de los apartados que proporcionan puntos para la admisión de un solicitante. Entre ellos se encuentran informaciones relativas a la salud del menor (caso de discapacidad o enfermedad crónica), tipo de familia y renta familiar.
La AEPD advirtió el pasado otoño a la Junta -tras la denuncia de unos padres sevillanos- que dicha información debe realizarse "únicamente" cuando exista previa petición de interesados que formen parte del proceso de concurrencia ante posibles desacuerdos o comprobaciones.
El borrador también incluye un apartado para las alegaciones, por el cual, a los no admitidos se les deberá expresar los motivos que han determinado su exclusión.
Ésta es la segunda rectificación que acomete Educación en temas relacionados con la protección de datos de menores. La primera se produjo tras la publicación en el BOJA de los nombres de los alumnos objetores de la asignatura Educación para la Ciudadanía.
El proyecto de nueva orden -que será debatido próximamente con los sindicatos en la reunión de la mesa sectorial de Educación- explica en uno de sus puntos que "la Ley Orgánica de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal [...] hace necesario modificar la orden de 24 de febrero de 2007". La citada ley establece que los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado lo consienta expresamente. Llama la atención que la orden de escolarización, fue redacatada en 2007 sin tener en cuenta esta ley, que llevaba en vigor ocho años.
El cambio que se introducirá afecta al artículo 32 de dicha normativa, por lo que a partir de ahora los colegios mantenidos con financiación pública colgarán en el tablón de anuncios del centro "la relación de los solicitantes, indicando, para cada uno de ellos, exclusivamente el total de puntos obtenidos por la aplicación de los apartados de dicho baremo". En la práctica, esta modificación supone la desaparición de los datos personales que hasta este curso se han incluido y que correspondían a cada uno de los apartados que proporcionan puntos para la admisión de un solicitante. Entre ellos se encuentran informaciones relativas a la salud del menor (caso de discapacidad o enfermedad crónica), tipo de familia y renta familiar.
La AEPD advirtió el pasado otoño a la Junta -tras la denuncia de unos padres sevillanos- que dicha información debe realizarse "únicamente" cuando exista previa petición de interesados que formen parte del proceso de concurrencia ante posibles desacuerdos o comprobaciones.
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