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Absuelto de intentar violar a su madre por el fallecimiento de la víctima
Absuelto de intentar violar a su madre por el fallecimiento de la víctima
La declaración de la mujer no se puede tener en cuenta porque se realizó sin la presencia del abogado del acusado, que sufre esquizofrenia paranoide.
efe, sevilla | Actualizado 18.03.2010 - 17:17La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un esquizofrénico que fue juzgado por intentar violar a su madre porque la víctima falleció antes del juicio y su declaración en la fase de instrucción no se puede tener en cuenta ya que se llevó a cabo sin el abogado del acusado.
La Sección Cuarta, en una sentencia, considera además que el procesado J.G.M., de 47 años, padece una esquizofrenia paranoide y un trastorno mental que "anula sus facultades intelectivas y volitivas".
Por dicha enfermedad mental, el fiscal había pedido para el acusado once años de internamiento en un centro adecuado a su enfermedad mental, además de la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su madre durante 12 años y el pago de una indemnización de 6.000 euros.
La sentencia únicamente considera demostrado que el 4 de agosto de 2006 la madre del procesado denunció a su hijo, pero a continuación aplica el principio de presunción de inocencia para declararle libre de los delitos de agresión sexual en grado de tentativa y detención ilegal.
Explican los jueces que la "absoluta ausencia de prueba de cargo impide considerar acreditados los hechos denunciados", pues la única testigo de cargo directa, la madre del procesado, falleció antes de poder declarar en el juicio.
Añaden que no se puede tener en cuenta lo declarado por esta mujer ante el juez de instrucción porque no se prestó en presencia del abogado del detenido, por lo que no se cumplen las exigencias del Tribunal Supremo y Constitucional.
Tampoco cuentan con el relato de las hermanas del procesado, que podrían haber dado un "testimonio de referencia" de lo que les contó la víctima, porque en el juicio se acogieron a su derecho a no declarar contra una familiar directo.
La sentencia, por tanto, absuelve a J.G.M. y acuerda dar cuenta al fiscal "por si procediere declarar la incapacidad del procesado o la adopción de cualquier medida civil adecuada a su estado mental".
La Sección Cuarta, en una sentencia, considera además que el procesado J.G.M., de 47 años, padece una esquizofrenia paranoide y un trastorno mental que "anula sus facultades intelectivas y volitivas".
Por dicha enfermedad mental, el fiscal había pedido para el acusado once años de internamiento en un centro adecuado a su enfermedad mental, además de la prohibición de acercarse a menos de 300 metros de su madre durante 12 años y el pago de una indemnización de 6.000 euros.
La sentencia únicamente considera demostrado que el 4 de agosto de 2006 la madre del procesado denunció a su hijo, pero a continuación aplica el principio de presunción de inocencia para declararle libre de los delitos de agresión sexual en grado de tentativa y detención ilegal.
Explican los jueces que la "absoluta ausencia de prueba de cargo impide considerar acreditados los hechos denunciados", pues la única testigo de cargo directa, la madre del procesado, falleció antes de poder declarar en el juicio.
Añaden que no se puede tener en cuenta lo declarado por esta mujer ante el juez de instrucción porque no se prestó en presencia del abogado del detenido, por lo que no se cumplen las exigencias del Tribunal Supremo y Constitucional.
Tampoco cuentan con el relato de las hermanas del procesado, que podrían haber dado un "testimonio de referencia" de lo que les contó la víctima, porque en el juicio se acogieron a su derecho a no declarar contra una familiar directo.
La sentencia, por tanto, absuelve a J.G.M. y acuerda dar cuenta al fiscal "por si procediere declarar la incapacidad del procesado o la adopción de cualquier medida civil adecuada a su estado mental".
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