Sevilla

La defensa del condenado por el atropello de Carrero Blanco recurrirá la sentencia

  • Cree que no se han tenido en cuenta las circunstancias que rodearon a los hechos.

El abogado de J.A.P., el joven condenado a tres años y tres meses de prisión por los delitos de lesiones y amenazas graves en concurso con una falta de homicidio por imprudencia, todo ello tras el atropello mortal sufrido por un menor de edad mientras huía del acusado durante un 'botellón', ha anunciado que recurrirá en apelación para solicitar la absolución de su defendido. 

En este sentido, el letrado de J.A.P., Eduardo Barrales, explicó que recurrirá este fallo del Juzgado de lo Penal número 13 de Sevilla al entender que se ha producido un "error" en la apreciación de la prueba, ya que hay determinadas circunstancias "que no han sido tenidas en cuenta". El abogado pone como ejemplo que el acusado, en su huida, "podía haber optado por otros caminos" antes que por cruzar la avenida Carrero Blanco, donde fue atropellado por un turismo que no pudo evitar el golpe. 

De igual modo, el abogado del condenado recurrirá la sentencia "por parcialidad en el principio de aplicación de la Ley", ya que "únicamente se han tenido en cuenta los aspectos que perjudican y no los que pudieran beneficiar" a su cliente, mientras que "tampoco se han tenido en cuenta las circunstancias atenuantes, como que la pelea la comenzó el grupo de amigos de la víctima". Además, el letrado aseguró que, en caso de que este recurso no prospere, acudirá incluso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 

Según relata la sentencia, los hechos tuvieron lugar sobre las 4:00 horas del 25 de octubre de 2008, cuando diversos grupos de jóvenes se encontraban haciendo 'botellón' en las inmediaciones del Club Náutico, momento en el que la víctima, A.O.R., y su amigo A.G.M. se acercaron al grupo de jóvenes entre los que se encontraba el acusado a pedirles un cigarro. "Cigarro que éstos se negaron a darles, produciéndose un primer incidente verbal entre los jóvenes que terminó, salvo algún empujón, sin mayores consecuencias" matiza el abogado defensor.  

Añade el fallo que, posteriormente, el grupo de amigos de la víctima regresó, "con botellas en la mano", al lugar donde había tenido lugar el incidente anterior, produciéndose un enfrentamiento entre ambos grupos de jóvenes, armados unos y otros con botellas de cristal. En el curso de este enfrentamiento, el acusado golpeó a Alejandro G. con una botella de cristal en la mano, causándole lesiones. 

Al ver lo sucedido a su amigo, y ante el temor de sufrir también él una agresión, la víctima salió corriendo junto al anterior, "siendo perseguidos con botellas en la mano, y con la intención de agredirles, por el acusado". En un momento dado, "perseguido ya muy de cerca, sintiéndose alcanzado, temeroso de ser agredido y con sus facultades disminuidas por la previa ingesta de bebidas alcohólicas", la víctima "no tuvo más opción que cruzar la avenida Carrero Blanco hasta la mediana, saltando sobre el seto central y lanzándose, sin mirar, a la avenida en sus dos carriles", precipitándose sobre un turismo "que nada pudo hacer para evitar el impacto".

Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal número 13 ha condenado al acusado a dos años de cárcel por un delito de lesiones, así como a un año y tres meses de prisión por un delito de amenazas graves en concurso con una falta de homicidio por imprudencia, mientras que deberá indemnizar a la familia del fallecido en la cantidad de 85.000 euros.  

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