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Sevilla

El juez desestima la demanda por ‘mobbing’ del oficial mayor contra el Ayuntamiento

  • La sentencia admite que existe una “situación de tirantez” pero rechaza que fuese objeto de acoso

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Sevilla ha desestimado la demanda por mobbing que presentó el oficial mayor del Ayuntamiento y ex secretario del Instituto Municipal de Deportes (IMD), Isidro Nicolás Fernández Pacheco.

La sentencia reconoce que existe una “situación de tirantez” del oficial mayor con el equipo de gobierno del PSOE, debido a la multiplicidad de procesos judiciales que emprendió Fernández Pacheco cuestionando la legalidad del ejercicio de potestades autoorganizativas por parte del Ayuntamiento, pero niega que el funcionario haya sido objeto de acoso moral. El oficial mayor informó en el año 2006 en contra de un concurso para la creación de una plaza de técnico en el IMD y para la que había sido seleccionado David Domínguez Silva, primo segundo del entonces delegado de Deportes, Francisco Manuel Silva (IU), que después fue denunciado por el PP por los contratos que se hicieron con una empresa de este familiar y que acabó archivando un juzgado de Instrucción.

El fallo del juez de lo Contencioso establece, en cuanto al mobbing denunciado, que el alto cargo no ha acreditado “la realidad de actitudes de violencia psicológica prolongada tendentes a producir su extrañamiento social en el ámbito de la función pública que desarrolla”, como requiere el acoso moral denunciado.

El magistrado señala que el oficial mayor –que sostuvo que tras su salida del IMD le dejaron sin ordenador ni despacho– “sigue desempeñando las funciones propias del cargo que ocupa, con los medios necesarios para ello y con toda la dignidad que su persona y el cargo merecen”.

Como prueba de ello, el juez considera que su desalojo del IMD obedeció a que le fueron asignadas las funciones de secretaría “de un importante organismo”, la Agencia Municipal de Recaudación, por lo que “no existía motivo para que siguiera ocupando un despacho” en el Instituto Municipal de Deportes. La sentencia precisa que aunque la Agencia de Recaudación no dispone de un despacho específico para el secretario general, el oficial mayor tiene un despacho en la sede de Emasesa, “espacioso (24 metros cuadrados), debidamente acondicionado, céntrico y cuenta con los medios materiales y humanos adecuados, sin que conste que haya manifestado anomalía alguna en relación con los teléfonos”.

De la misma forma, el juez considera que no puede hablarse de que se haya “vaciado de funciones” a Isidro Nicolás Pacheco, por cuanto el trabajador presta funciones de secretaría en cinco organismos y entidades locales –Agencia Municipal de Recaudación, Consorcio del Parque Periurbano La Corchuela, Sevilla Global, Agencia Local de la Energía y Fundación contra el Terrorismo Alberto Jiménez Becerril–, además de ser vocal de la mesa de contratación del Ayuntamiento y de la mesa de contratación de las Culturas y de las Artes.

El juez dice que de la declaración de Lolo Silva y del tesorero del IMD no cabe inferir la existencia de “animadversión” contra el demandante, cuyo estrés y dolor precordial tampoco puede derivarse de una situación de acoso moral, concluye la sentencia.

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