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Sevilla

Condena de 20 y 10 años para los padres del bebé asfixiado

  • La Audiencia impone a los acusados las mismas penas que solicitó la Fiscalía una vez que el jurado los declaró culpables

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 20 y 10 años de prisión a los padres del bebé de 28 días que murió asfixiado con un trozo de papel higiénico de 4,5 centímetros que le introdujo el padre.

El magistrado Juan Romeo, que presidió el jurado popular que declaró culpables a los padres, ha condenado a 20 años de prisión, la máxima pena por un delito de asesinato, para Rubén C. O., el padre del menor, mientras que la madre, Esther S. D., ha sido condenada a 13 años por un delito de homicidio por omisión.

Esta condena coincide con las penas que pidió para los padres la Fiscalía de Sevilla, que sostuvo en el juicio que el padre le introdujo el papel en la boca a la niña "para que se callara", aunque el acusado sostuvo en su declaración que lo que ocurrió es que decidió "torpemente" colocarle el trozo de papel para intentar detener una pequeña hemorragia que el bebé tenía en la comisura de los labios.

El abogado de la defensa, José Estanislao López, aseguró ayer a Europa Press que va a recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ya que considera que el padre es sólo autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, porque actuó con una "gravísima torpeza", y cree que debe ser condenado a dos años de cárcel. En el caso de la madre, que actualmente está en libertad provisional, la defensa mantendrá su petición de libre absolución, al considerar que no tuvo una participación en la muerte de la pequeña. La Fiscalía de Sevilla sostiene, en cambio, que la madre pese a la gravedad de la situación y consciente de que la niña podía morir, "pues no respiraba y se estaba amoratando", en vez de acudir al hospital, que estaba a tan sólo 300 metros del domicilio, permaneció en la casa y dilató aún más la asistencia que precisaba la niña.

Los forenses fueron contundente en el juicio, al afirmar que la muerte de la niña se produjo entre las 06:00 y las 06:30 del 31 de agosto de 2009, por lo que cuando el padre llamó al servicio de emergencias, sobre las 06:45, el bebé ya estaba muerto. Los médicos también indicaron que el trozo de papel higiénico fue introducido por "presión" hacia dentro de la boca del bebé.

Tras el juicio, el jurado popular emitió un veredicto del culpabilidad en el que asumió la tesis de la Fiscalía respecto a cómo sucedieron los hechos. El jurado declaró entonces probado que el padre introdujo el papel en la boca de la niña y que ambos retrasaron el momento de la atención sanitaria.

La Fiscalía, que pidió las mismas condenas de 20 y 13 años que ahora ha impuesto la Audiencia, también solicitó al tribunal que no permita que se pueda conceder el tercer grado al padre hasta que haya cumplido al menos la mitad de la condena, una petición que la acusación pública no ha realizado en el caso de la madre, de lo que se desprende que la participación de la madre en los hechos es menor y de ahí que incluso la pena solicitada fuese muy inferior a la de su pareja.

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