Huelva

El juicio del caso Mari Luz queda en manos de un jurado popular

  • La Audiencia Provincial admite el recurso de la defensa de la hermana del pederasta, Rosa Del Valle, y rectifica al instructor, al que ordena el cambio de procedimiento

Los hermanos Santiago y Rosa del Valle, presuntos autores del crimen de la pequeña Mari Luz Cortés (cuyo cadáver fue encontrado en la ría de Huelva el 7 de marzo de 2008 a los 54 días de su desaparición), serán finalmente enjuiciados por un jurado popular. La decisión conocida ayer llega de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que estima el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de la hermana del pederasta y rectifica al instructor de la causa, ordenándole que transforme el procedimiento para que el caso sea juzgado por la Ley del Jurado.

La Audiencia deja así sin efecto el auto que dictó el pasado julio el Juzgado de Instrucción número 1, encargado de la investigación, en el que indicaba que el camino a seguir sería el sumario ordinario y el juicio estaría, en ese caso, en manos de un tribunal profesional. Ahora, la sala de la Audiencia indica un camino diferente.

El auto no toca las actuaciones que se han practicado en el curso de las diligencias previas, que conservarán su eficacia a pesar de la modificación, y establece que los imputados sean citados a una comparecencia. Según la Ley del Jurado, el instructor tiene un plazo de cinco días para convocar a los hermanos Del Valle, una vez que tenga notificada la decisión y a contar desde que modifique el procedimiento.

En la vista que la Audiencia celebró la semana pasada para que las partes se posicionaran, tanto la Fiscalía como la acusación particular, en representación de la familia Cortés, como las defensas del pederasta y su mujer, Isabel García (fuera ya del procedimiento), representadas por Juan López Rueda y Leonardo Ponce, respectivamente, mostraron su oposición en bloque. En el otro frente, el letrado de la recurrente, Manuel Domínguez Salcedo, defendió en solitario la tesis de la competencia del tribunal del jurado para este caso.

El extenso auto (21 folios) dictado por la Audiencia en respuesta al recurso de Rosa del Valle, cargado de jurisprudencia prácticamente de principio a fin, centra buena parte de su argumento en la sentencia de 26 de junio de 2009 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que anulaba la dictada por la Audiencia de Barcelona por la violación y muerte de dos policías en Hospitalet de Llobregat y establecía el procedimiento del jurado. A esta misma sentencia se agarró la defensa de Rosa del Valle para solicitar la nulidad de las actuaciones y un tribunal no profesional.

"Ahora nos hallamos en realidad -afirma el auto- ante una nueva y específica norma atributiva de competencia por conexión, que amplía incuestionablemente la relación de tipos delictivos sometidos al conocimiento del jurado, nueva y distinta norma a la que obligadamente habrá de atenderse" y apostilla que, en el crimen de Mari Luz, interesan los casos en los que "unos y otros ilícitos se encuentren en una especial relación instrumental, de facilitación de su ejecución o de favorecimiento de la posterior impunidad".

La sentencia del Supremo establece que la competencia del Tribunal del Jurado "se extenderá" al enjuiciamiento de los delitos conexos en varios supuestos, entre los que cita los supuestos anteriormente citados.

Según la Audiencia, aunque las partes en este procedimiento (a excepción de la representación de Rosa del Valle) enfatizaron en la vista que la sentencia del TS introducía una doctrina aún no reiterada por otras posteriores, "conserva su valor de precedente invocable y revela una aparente voluntad del Tribunal de revisar o matizar su anterior criterio hermenéutico".

El auto hace referencia expresa al auto de procesamiento, según el cual Santiago del Valle consiguió que la niña subiera a su vivienda, tratando de abusar sexualmente de la menor, a la que agarró y golpeó hasta dejarla inconsciente, trasladándola luego, con ayuda de Rosa, hasta un lugar de marismas próximo al Estero del Rincón, donde el pederasta introdujo a la niña en el agua y murió de asfixia por inmersión. "No es difícil afirmar -subraya- que el traslado y abandono estaban encaminados a hacer desaparecer el cuerpo de la víctima, asegurándose la impunidad de su intentado abuso sexual".

Concluye la Audiencia su argumentario afirmando que "no es preciso un gran esfuerzo argumental para convencer de la relación de conexión instrumental que media entre el segundo y el primer hecho, por lo que siendo el asesinato delito de la competencia del Tribunal del Jurado, procede la transformación procedimental interesada por la parte recurrente".

Domínguez consideró que la Audiencia "ha entendido el interés del recurso y analiza el asunto en profundidad". "Desde el punto de vista de la defensa se ha hecho Justicia y espero que se haga en su momento", dijo.

Por su parte, el padre de la pequeña Mari Luz, Juan José Cortes, declaró ayer a la cadena Ser que está totalmente en contra de la decisión porque entiende que con el jurado popular lo único que se va a conseguir es "convertir el caso en un espectáculo de circo y dar autobombo al abogado".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios