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Cautelares en duda

  • El Mercantil admite a trámite la demanda de nulidad de Lopera, que podría recuperar el 31,38% intervenido

La semana pasada informaba este diario de la firmeza en algunas decisiones de Ángel Haro al frente del club pese a la provisionalidad y la falta de legitimación con la que regía sus destinos en virtud del auto de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla de 11 de noviembre de 2015, en el que venía a declarar nulo el auto de medidas cautelares de 30 de julio de 2015 dictado por el juez Javier Carretero, adscrito al Mercantil número 1 de Sevilla, del que es titular Eduardo Gómez López.

Por una causa u otra, este último no se había pronunciado en cinco meses, pero el pasado viernes, 1 de abril, sí lo hizo y, como no podía ser de otra forma, acordó admitir a trámite la demanda de nulidad de las actuaciones de Carretero presentada por los abogados de Manuel Ruiz de Lopera en diciembre a la vista del auto anterior de la Audiencia de Sevilla.

El auto del viernes del juez Gómez López, al que ha tenido acceso este diario, apenas ocupa un folio y dispone lo siguiente: "Admitir a trámite la solicitud de nulidad de actuaciones. En virtud de lo establecido en el artículo 228.2 de la L.E.C. (Ley de Enjuiciamiento Civil), acuerdo dar traslado de la petición a las demás partes para que en el plazo común de cinco días puedan formular por escrito sus alegaciones, a las que se acompañarán los documentos que se estimen pertinentes".

Quiere ello decir que si los argumentos de la veintena de accionistas demandantes no convencen al juez, éste podría suspender las medidas cautelares que dejaron sin representación en las dos anteriores juntas generales el 31,38% de las acciones del Betis y que impidieron a Manuel Castaño, pese al apoyo de Lopera con el 19,96%, acceder a la presidencia.

Lógicamente, de ser así, se intuye que, aproximadamente, al finalizar la temporada podría haber una nueva Asamblea, aunque también existe la posibilidad de que el juez autorice las medidas tomadas por su colega Carretero.

El problema, como ya señaló la Audiencia en su auto, es que Carretero decidió archivar su propia recusación por parte de los demandados por "demanda fraudulenta". Éstos se quejaban de "falta de imparcialidad", que se basaba en presuntas amistades de Carretero y en la prisa que se dio para atender la solicitud de los accionistas el 20 de julio (el 10 había levantado la Audiencia las otras medidas cautelares sobre el 51,34%) y señalar la vista para el 25 de julio, incluso solicitando posibles administradores judiciales.

La Audiencia falló en noviembre que "el recusado (el juez) nunca puede intervenir en el incidente de recusación, y menos decidir que no se tramite el incidente, por cuanto va en contra de las citadas disposiciones y de las que regula la materia en la Ley Orgánica del Poder Judicial". Cinco meses después, el juez Gómez López ha actuado en consecuencia, ya que la Audiencia exigía la tramitación.

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