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Declarado nulo el proceso electoral en la Federación Andaluza de Fútbol

  • La juez Julia Ruiz estima la demanda de Antonio Muñoz Canela 'Canito' durante las elecciones de 2016.

Eduardo Herrera, en una imagen reciente

Eduardo Herrera, en una imagen reciente / H.I

La magistrada Julia Ruiz del Portal, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Sevilla, ha estimado la demanda de Antonio Muñoz Canela 'Canito' y ha declarado "la nulidad del proceso electoral" a la presidencia de la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF).

En la sentencia la jueza ordena "la retroacción" del proceso electoral que concluyó con la reelección de Eduardo Herrera, al "momento en que se acordó la exclusión del recurrente", Antonio Muñoz 'Canito', único concurrente junto a quien ostenta la presidencia de la RFAF desde 1986.

Los hechos se remiten al invierno de 2016, cuando Muñoz presentó una candidatura alternativa a la de Herrera en las elecciones a la presidencia de la RFAF que los distintos comités disciplinarios rechazaron a causa de una exigencia de avales que el juzgado entiende contraria a la Ley del Deporte y a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Así, la propia RFAF adujo un defecto de forma en la presentación de los avales del candidato alternativo para expulsarlo del proceso electoral y proclamar como presidente para el periodo 2016-2020 a Eduardo Herrera.

El fallo advierte que "no es firme", por lo que cabe "interponerse recurso de apelación en este Juzgado en el plazo de quince días", y no se pronuncia sobre las costas del juicio "dadas las dudas jurídicas que plantea el caso".

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