Economía

Aprobado el nuevo reglamento del Consejo Andaluz de Comercio

  • El órgano consultivo contará con cinco comisiones específicas compuestas por grupos de trabajo para la planificación, los horarios comerciales, la innovación, las ventas especiales y el comercio ambulante

La Consejería de Turismo, Comercio y Deporte ha aprobado el nuevo Reglamento de Régimen Interno del Consejo Andaluz de Comercio (CAC), máximo órgano consultivo de la Junta en la materia, con el objetivo de concretar sus atribuciones, composición y organización, agilizar su funcionamiento e impulsar el desarrollo de iniciativas y la concertación social.

Según recoge la orden reguladora, que será publicada próximamente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Consejo funcionará, además de en sus sesiones plenarias ordinarias (dos al año) y extraordinarias, en cinco comisiones de trabajo específicas: Planificación Comercial, Horarios Comerciales, Innovación y Calidad, Ventas Especiales y Comercio Ambulante.

Estas comisiones, que se han creado para atender las necesidades del sector, se dedicarán a desarrollar aspectos clave de la política comercial de la Administración autonómica. Todas ellas, que estarán formadas por doce personas, tendrá como misión principal la elaboración de informes y la preparación de los asuntos que tratará el Pleno del Consejo.

nuevas funciones

En cuanto a las funciones de cada comisión, la de Planificación se centrará en el estudio de iniciativas como el Plan de Establecimientos Comerciales; y la de Horarios Comerciales incidirá en las declaraciones de zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales y el calendario anual de apertura de establecimientos en domingos y festivos.

Por su parte, la Comisión de Innovación y Calidad tratará asuntos relacionados con los planes plurianuales, estadística, innovación tecnológica, políticas de promoción, distintivos de calidad como el Certificado de Calidad Municipal del Comercio de Andalucía, así como informes sobre legislación. En cuanto al equipo de Ventas Especiales se dedicará al análisis de promociones y otras ventas que se efectúen fuera de los establecimientos. Por último, la Comisión de Comercio Ambulante se detendrá en la normativa autonómica y ordenanzas municipales sobre esta materia.

El nuevo Reglamento de Régimen Interno del CAC completa la regulación de este órgano y desarrolla tanto la modificación de la Ley del Comercio Interior de Andalucía tras la transposición de la Directiva Europea de Servicios en 2010, como el Decreto 46/2011, que recoge el funcionamiento y organización de este ente colegiado.

composición

El Consejo Andaluz de Comercio está presidido por la persona titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte e integrado por otros 41 miembros en representación de las administraciones, los agentes sociales y las entidades relacionadas con el sector.

De ellos, 17 corresponden a la Junta de Andalucía, con dos miembros por cada consejería competente en las materias de comercio interior, economía, ordenación del territorio y urbanismo, administración local, medio ambiente, consumo, empleo y educación, además de la persona titular de la Viceconsejería de Turismo, Comercio y Deporte, que ocupa la vicepresidencia.

El resto se reparte entre organizaciones empresariales (6), sindicatos (6), asociaciones de consumidores (3), Cámaras de Comercio (2), Federación Andaluza de Municipios y Provincias (2) y personas de reconocida capacidad técnica nombradas por la Consejería (4), así como el secretario.

Este órgano tiene como principales funciones informar sobre la legislación y planificación comercial, conocer y valorar las políticas en la materia, identificar las necesidades del sector e impulsar iniciativas de calidad e innovación. Asimismo, asesora a la Administración andaluza en todas las cuestiones relativas al comercio ambulante, fomenta iniciativas para el desarrollo del sector de la distribución y realiza estudios solicitados por la Consejería.

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