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Economía

Las eléctricas ganan el pulso al Gobierno, que no podrá congelar los recibos de la luz

  • El Supremo suspende la rebaja de los peajes de octubre y establece su aplicación sin la reducción del 12% que fijó Industria.

El Tribunal Supremo ha suspendido la decisión del Ministerio de Industria de rebajar los peajes de la luz en octubre para compensar el encarecimiento de la energía y, con ello, forzar una congelación de la tarifa eléctrica, indicaron en fuentes jurídicas. 

El auto, contra el que no cabe recurso, estima las pretensiones de Endesa e Iberdrola, que habían denunciado esta bajada de estos peajes, que son la variable donde se recogen los costes regulados del sistema eléctrico. En concreto, el Gobierno redujo un 12% esta parte del recibo para contrarrestar una subida del precio de la energía en parecida proporción. 

El Supremo establece que deben aplicarse ahora los peajes anteriores, y nos los reducidos por la orden suspendida. La decisión judicial se produce a apenas unos días de que el nuevo Gobierno revise la tarifa de la luz en un contexto de bajada del 10% del precio de la electricidad y de subidas necesarias de un 30% en los peajes para contener la deuda eléctrica, según los cálculos del sector eléctrico. 

El auto, emitido el 20 de diciembre, refuerza la posición ya expresada sobre este asunto por el Supremo, que recientemente también anuló el artículo de la orden ministerial con el que el Gobierno congeló la luz en julio de 2010. Esta medida había sido acordada por el ya exministro de Industria, Miguel Sebastián, y por el entonces coordinador de Economía del PP y ahora ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro. 

El tribunal ha suspendido ahora varios preceptos de la orden ITC/2585/11 por el que se revisan los peajes a partir del 1 de octubre de 2011, entre ellos el artículo 1.2, donde se dispone "la reducción de los términos de facturación de energía activa aplicable a los peajes 2.0A y 2.0DHA respecto de los anteriormente fijados". 

La suspensión responde a argumentos como que ya existen sentencias firmes que recogen la ilegalidad de la medida, que la tarifa de la luz debe reconocer todos los costes o que la decisión del Gobierno produce "graves perjuicios tanto para la estabilidad del sistema eléctrico como para las empresas eléctricas afectadas", señalan las fuentes. 

Transferencia suspendida

Junto a esto, el Supremo ha decidido suspender el artículo 5 de la misma orden, en el que la Administración posponía un pago relacionado con los derechos de cobro del déficit del sistema eléctrico correspondiente a 2011. 

En concreto, la orden establecía que esta partida no se contabilizara como coste de 2011, sino de 2012, lo que producía como efecto inmediato la devolución al sistema de 111 millones de euros que ya habían sido liquidados y cobrados por las empresas eléctricas en los primeros meses del año.  

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