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La Abogacía del Estado considera ilegal el texto soberanista del 'Parlament'

  • Advierte que unas elecciones autonómicas jamás pueden ser plebiscitarias Atribuye efectos jurídicos a la declaración de la Cámara

La Abogacía del Estado argumenta en su recurso contra la declaración soberanista aprobada por el Parlament el pasado 23 de enero que dicha resolución representa un "desafío abierto" a la Constitución española y advierte que unos comicios en una comunidad autónoma jamás pueden ser plebiscitarios: ése es un atajo sin cabida en el ordenamiento jurídico estatal.

El recurso de la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, consta de 29 páginas y fue registrado en el Tribunal Constitucional el pasado 8 de marzo y comunicado con posterioridad el Parlament el pasado 11 de abril, según consta en el registro de la Secretaría General de la Cámara catalana.

En un pormenorizado análisis jurídico firmado por María Luisa García Blasco e Isaac Salama Salama, la Abogacía del Estado recoge, en su traducción en castellano, la declaración de soberanía del Parlament, en la que, con el voto favorable de CiU, ERC, ICV-EUiA y la CUP -85 diputados- y la oposición de PSE, PP y Ciutadans -41-, la Cámara proclamó que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" y abogó por el "derecho a decidir", es decir, por celebrar una consulta de autodeterminación que según la hoja de ruta pactada por CiU con Esquerra tendría lugar a lo largo de 2014.

La Abogacía del Estado, que considera que dicha "resolución tiene efectos políticos y jurídicos" y no es una mera declaración de principios, subraya que esta iniciativa "se caracteriza por constituir un desafío abierto contra la Constitución y especialmente contra una de sus cláusulas capitales", el artículo 1.2, que declara que la soberanía reside en el pueblo español, del cual emanan todos los poderes del Estado.

Asimismo, el recurso recuerda que "sólo una decisión de la soberanía del pueblo español podría reconocer de manera constitucionalmente válida la soberanía del pueblo de Cataluña". "En la perspectiva de la Constitución, sólo hay una soberanía, el pueblo español", argumenta la Abogacía del Estado, que tiene claro que la declaración de soberanía del Parlament es un "acto de poder constituyente" y declarar que Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano" supone atribuirse un derecho de secesión.

El recurso ante el Tribunal Constitucional, adelantado ayer por el diario El Punt-Avui, advierte también que, tal como se había barajado en sectores nacionalistas, la Generalitat no puede convocar unas elecciones plebiscitarias sobre la independencia de Cataluña ya que, apunta, las elecciones autonómicas nunca pueden investirse de "naturaleza constituyente".

Aquel debate de finales de enero estuvo envuelto en una gran polémica y en afirmaciones altisonantes del presidente Mas y del líder de ERC, Oriol Junqueras, que hablaron de un "día histórico". Los diputados del PP se levantaron en señal de protesta y el PSC habló de una ruptura de los consensos básicos en España.

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