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Condenan a Atutxa por no disolver Sozialista Abertzaleak en 2003

  • El TS acepta un recurso de Manos Limpias e impone al ex presidente de la Cámara vasca y a otros dos diputados penas que serán divulgadas esta semana

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó ayer por mayoría estimar el recurso de casación interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que absolvió al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los ex miembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knorr de un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003. Han sido condenados al pago de una multa y a inhabilitación para ejercer cargo público.

El fallo se divulgó tras una maratoniana sesión que mantuvo a los magistrados reunidos durante seis horas. La nota oficial del Supremo no especifica a cuánto asciende la multa ni tampoco la duración de la inhabilitación, si bien el sindicato Manos Limpias reclamó la imposición a los condenados de 108.000 euros y dos años de inhabilitación.

La decisión de la Sala de lo Penal del TS supone rechazar las pretensiones expuestas durante la mañana tanto por el fiscal Fernando Prieto como por el abogado de Atutxa, Bilbao y Knorr, quienes habían solicitado a la Sala que aplicara la denominada doctrina Botín, que impide la apertura de un juicio a instancia exclusiva de la acción popular, como ocurría en este caso.

El contenido de la sentencia será dado a conocer en los próximos días, así como los votos particulares de aquellos magistrados que discrepan de la opinión de la mayoría. Manos Limpias, que ejercía la acusación popular, fue la única parte que presentó cargos durante el juicio celebrado en su día contra los ex parlamentarios, ya que el fiscal en el tribunal vasco desistió de acusar y no existía ninguna acción particular dada la naturaleza del delito atribuido a los procesados.

La doctrina Botín fue adoptada el pasado 18 de diciembre y sirvió para confirmar la negativa de la Audiencia Nacional a abrir juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad, en el denominado caso de las cesiones de crédito. La Audiencia argumentó -y posteriormente lo confirmó el TS- que la celebración de un juicio instado por la acusación popular contraviene la legalidad procesal. Finalmente, el Supremo no se ha acogido la tesis del fiscal y del abogado de Atutxa.

En las mismas circunstancias se encuentran otros casos pendientes, como el que se tramita contra el lehendakari, Juan José Ibarretxe, por reunirse con miembros de Batasuna una vez ilegalizada.

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