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El Supremo condena a Atutxa por no disolver Sozialista Abertzaleak

  • El ex presidente del Parlamento vasco y los ex miembros de la mesa de esta cámara Kontxi Bilbao y Gorka Knorr cometieron un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario de la formación abertzale.

El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado por mayoría estimar el recurso de casación interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que absolvió al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los ex miembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knorr de un delito de desobediencia a autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003. Han sido condenados al pago de una multa y a inhabilitación para ejercer cargo público.

El fallo del tribunal se dio a conocer pasadas las 21.00 tras una maratoniana sesión que mantuvo a los magistrados reunidos durante dos horas por la mañana -tras la celebración de la vista pública por este asunto- y otras cuatro horas por la tarde. La nota oficial del Supremo no especifica a cuánto asciende la multa ni tampoco la duración de la inhabilitación, si bien el sindicato Manos Limpias reclamó esta mañana la imposición a los condenados de 108.000 euros y dos años de inhabilitación.

La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo supone rechazar las pretensiones expuestas durante la mañana tanto por el fiscal Fernando Prieto como por el abogado de Atutxa, Bilbao y Knorr, quienes habían solicitado a la Sala que aplicara la denominada 'doctrina Botín', que impide la apertura de un juicio a instancia exclusiva de la acción popular, como ocurría en este caso.

En la nota informativa que difundió esta noche el Supremo se explica que el contenido de la sentencia será dado a conocer en los próximos días, así como los votos particulares de aquellos magistrados que discrepan de la opinión de la mayoría.

Manos Limpias, que ejercía la acusación popular, fue la única parte que presentó cargos durante el juicio celebrado en su día contra los ex parlamentarios, ya que el fiscal en el tribunal vasco desistió de acusar y no existía ninguna acción particular que se dirigiera contra Atutxa y el resto, dada la naturaleza del delito atribuido a los procesados.

La denominada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo muy recientemente, el pasado 18 de diciembre, y sirvió para confirmar la negativa de la Audiencia Nacional a abrir juicio contra el presidente del Grupo Santander, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad, en el denominado "caso de las cesiones de crédito". La Audiencia argumentó, y posteriormente lo confirmó esta misma Sala del tribunal Supremo, que la celebración de un juicio únicamente instado por la acusación popular contraviene la legalidad procesal.

Finalmente, el Supremo no ha acogido la tesis del fiscal y del abogado de Atutxa, Alberto Figueroa. De haberse producido una decisión contraria se hubiera tratado de la primera vez que se aplica esta doctrina a un caso distinto al de Botín. En las mismas circunstancias se encuentran hoy otros casos, como el que se tramita contra el lehendakari Juan José Ibarretxe, por reunirse con miembros de la ilegalizada Batasuna, y el denominado "caso Bórico" contra determinados policías por falsear informes sobre los atentados del 11-M.

El propio Atutxa estuvo presente en la vista ante el alto tribunal acompañado de Bilbao, mientras que Knorr no pudo acudir por cuestiones personales, según informaron fuentes cercanas al caso. Les acompañaban la actual presidenta de la Cámara de Vitoria, Izaskun Bilbao, y varias personas pertenecientes a la Fundación Sabino Arana, que Atutxa preside.

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