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España

El TSJC avala la cuota del 25% de clases en castellano en las escuelas si un alumno lo pide

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado que el castellano debe ser idioma vehicular en las escuelas catalanas en una cuota del 25% si un alumno lo pide, sin que sea suficiente la enseñanza individualizada al estudiante en esa lengua.

En un auto, que es recurrible y de aplicación inmediata, la sección quinta del TSJC desestima los recursos interpuestos por el departamento catalán de Enseñanza, los padres de alumnos y los cinco colegios que impugnaron la decisión del alto tribunal catalán de imponer una cuota mínima del 25% de clases en castellano en las aulas si un alumno lo pedía.

El tribunal parte de la base de que el catalán es el "centro de gravedad" del sistema educativo en Cataluña, aunque precisa que no por ello se debe privar al castellano de la condición de lengua vehicular y de aprendizaje.

Según el TSJC, si se analiza este litigio "con la necesaria ecuanimidad", se observará que la cuota del 25% de horas lectivas de castellano que imponen es de "escasa entidad y muy fácil de cumplir".

"Basta con que uno de los profesores del centro educativo -todos ellos con pleno dominio de la lengua castellana- imparta una asignatura principal en esta lengua", remarca el auto.

Para el tribunal, con la imposición de la cuota del 25% de castellano "no parece que se quebrante la organización del centro, ni el desarrollo curricular, ni se altere su ideario, ni se afecte a su proyecto docente, ni se conculquen las convicciones morales o ideológicas de los padres, ni, en definitiva, se vulnere su necesaria autonomía".

El auto compara la cuota del 25% de clases de castellano con unos "servicios mínimos" y señala que si la justicia ha tenido que determinar este porcentaje es porque la Consejería de Enseñanza no lo hizo, pese a que fue requerida a ello en varias resoluciones judiciales.

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