España

La juez que interrogó a 34 detenidos del 25-S devuelve el caso a la Audiencia Nacional

  • La magistrada cree que la protesta pretendía "exigir una destitución y ruptura del régimen vigente". Su compañero Santiago Pedraz ya descartó la semana pasada investigar los hechos al considerar que no eran de su competencia.

La juez de instrucción número 8 de Madrid, quien el pasado jueves tomó declaración a 34 de los detenidos por los incidentes ocurridos el 25-S durante la protesta Rodea el Congreso, se ha inhibido en favor de la Audiencia Nacional al considerar que el caso es de su competencia. En un auto, la juez considera que la concentración del pasado martes se celebró coincidiendo con la sesión plenaria que tenía lugar en el Congreso "con el fin de exigir una destitución y ruptura del régimen vigente". Por ello entiende que los hechos son constitutivos de un presunto delito contra las instituciones del Estado y, por lo tanto, es competencia de la Audiencia Nacional, que además ya tramita unas diligencias contra ocho de los convocantes de la protesta.

La puesta a disposición judicial de estos detenidos originó el pasado jueves una discrepancia entre la Policía y el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, ya que la brigada de información quería poner los detenidos a disposición del juez Pedraz, pero este aseguró que los delitos de los que se acusaba a los detenidos no eran de su competencia. Finalmente la juez de guardia de los juzgados de Plaza Castilla tomó declaración a los detenidos y puso en libertad con cargos a 33 de ellos, mientras que decretó para otro su ingreso en prisión eludible bajo una fianza de 1.000 euros.

En el auto de inhibición, la titular del juzgado de instrucción número 8 de Madrid explica que el juzgado central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional ya había instruido unas diligencias contra los convocantes de la concentración del 25-S Rodea el Congreso. En la convocatoria, según la juez, se exigía un proceso "de destitución y ruptura del régimen vigente, mediante la dimisión del Gobierno en pleno, disolución de las Cortes y de la Jefatura del Estado", con abolición de la "actual Constitución" y el inicio del proceso de constitución "de un nuevo sistema de organización política, económica y social". Durante la protesta, añade el auto, se produjeron "incidentes ocasionados porque algunos de los asistentes intentaron rebasar el perímetro de seguridad establecido en el Congreso de los Diputados, así como impedir a los diputados "abandonar el hemiciclo, lanzando objetos a los funcionarios de Policía que allí estaban" e intentando "saltar las vallas de protección".

La juez ve "claro", como así lo refleja "repetidas veces" la Policía, que este atestado es "ampliatorio" del que ya estaba en poder de la Audiencia Nacional en relación a los convocantes de la protesta, que han sido imputados y citados a declarar por el juez Pedraz para el día 4 de octubre. Tras referir que durante el 25-S se produjeron altercados e incidentes con los ciudadanos que "pretendían rebasar el perímetro de seguridad del Congreso, rebasando vallas y enfrentándose por ello con los funcionarios de Policía", la juez considera que dichos hechos "podrían encuadrase en un presunto delito contra la Instituciones". Por ello, procede a la remisión de las diligencias al juez Santiago Pedraz, quien ya eludió el pasado jueves hacerse cargo de los detenidos.

Sin embargo, otros dos juzgados de Madrid, que también han tomado declaración en los últimos días a las personas detenidas por los incidentes acaecidos en las protestas alrededor del Congreso, han considerado que en estos casos no existió delito contra las instituciones del Estado. En concreto, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el pasado día 26 el juzgado de instrucción número 3 dejó en libertad a tres detenidos, a los que imputó por atentado, desórdenes públicos y lesiones. El pasado sábado otros dos arrestados durante las manifestaciones en torno al Congreso pasaron a disposición del juzgado de instrucción número 26, que también les dejó en libertad, acusados de lesiones y resistencia. Ninguno de estos dos juzgados ha considerado que los hechos fueran constitutivos de un delito contra las instituciones del Estado y, por tanto, no se han inhibido en favor de la Audiencia Nacional.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios