España

La prisión permanente revisable divide a expertos juristas y penalistas

  • El endurecimiento del Código Penal con una especie de cadena perpetua siembra dudas sobre su respeto al principio de reinserción · Las medidas contra la alteración del orden público suscitan otra controversia

La prisión permanente revisable que el Gobierno incluirá en la reforma del Código Penal ha suscitado un amplio debate jurídico, en el que los juristas y penalistas se dividen entre quienes no dudan de su encaje constitucional y los que la ven contraria a la reinserción.

Entre los primeros se encuentra el ex presidente del Tribunal Constitucional (TC) Manuel Jiménez de Parga, que considera que "la cadena perpetua revisable encaja perfectamente" en la Constitución y es un "acierto" incluirla en la reforma penal.

También lo ve así el catedrático de Derecho Penal Luis Rodríguez Ramos, que recuerda que en los países de nuestro entorno, como Italia, Francia, el Reino Unido y Alemania, ya existe la prisión perpetua, que al ser revisable permite la reinserción social a la que alude como fin último de la pena el artículo 25 de la Constitución.

Una opinión a la que se une el profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco Javier Tajadura, que ve la prisión permanente plenamente "constitucional y oportuna".

Otros, como Teodoro Mota, presidente de la Asociación Libre de Abogados, creen que "de ninguna manera" puede tener encaje constitucional una pena de por vida, que impide la reinserción y que el cumplimiento máximo de 40 años que existe en España para algunos delitos es una condena "más que suficiente".

La misma diferencia de criterios entre los juristas se evidencia al analizar otras medidas anunciadas por el Ejecutivo como la custodia de seguridad durante diez años y una vez cumplida la pena para reincidentes en delitos de especial gravedad.

Mota entiende que si "una persona ha cumplido las obligaciones" que le ha impuesto un tribunal, "no se puede pretender imponer una pena supletoria por si comete algún otro delito posteriormente" porque "para eso ya están los antecedentes penales y la aplicación de la reincidencia como agravante".

Rodríguez Ramos, por su parte, piensa que una medida de seguridad fundada en la peligrosidad del delincuente puede ser eficaz para determinados delincuentes patológicos, condenados por ejemplo por abuso de menores, en los que se demuestra que ir a la cárcel no les reinserta.

"La rehabilitación del reo es la gran finalidad de las condenas. Si tal rehabilitación no se consigue, cualquier medida preventiva podría adoptarse, dentro, claro es, de una política jurídico-penal que sea acertada y prudente", añade el catedrático de Derecho Constitucional Jiménez de Parga.

Sobre las medidas relacionadas con la alteración del orden público, que también contempla incluir el Gobierno, el ex presidente del TC está de acuerdo con que se aumente el castigo a estos delitos: "no han de tener ventajas quienes aprovechan una manifestación, conforme a la ley, para insultar a alguien o violar las normas del ordenamiento jurídico", asegura Jiménez de Parga.

También Rodríguez Ramos considera que en este ámbito deben tenerse en cuenta las nuevas circunstancias y las nuevas tecnologías, y entiende que el Gobierno se plantee castigar la emisión de mensajes de convocatoria para la comisión de un delito o los actos de incitación de desórdenes públicos graves. En su opinión, hay que proteger la libertad de manifestación, de asociación y expresión, y no restringir estos derechos, pero también vigilar que no se atente contra la seguridad personal o la propiedad.

Más crítico se muestra Mota, cuya lectura es que el fin de esta reforma es evitar las manifestaciones y la respuesta social contra la política del Gobierno de turno, como se ha visto en la manifestación del pasado 15 de septiembre en Madrid o las protestas independentistas en Cataluña. "Hay en este momento suficientes medios penales para los casos en los que se altere el orden público", asegura Mota, que afirma que se trata de una medida "populista" y "represiva".

Con él coincide Tajadura, que indica que ante el vandalismo callejero o las "guerrillas urbanas" que pueden causar desórdenes sociales "el Derecho Penal vigente ya ofrece respuesta por lo que el problema no reside tanto en las normas como en su deficiente aplicación".

No obstante, todos coinciden en que el Gobierno no debe dejarse llevar por el calor o impacto mediático de determinados sucesos, como la desaparición de los niños de Córdoba Ruth y José o las protestas sociales contra los ajustes económicos.

"En el futuro se debería calmar la actividad legislativa planteando las reformas con más tranquilidad", asegura Rodríguez Ramos, que lanza un llamamiento al Gobierno para que el anteproyecto del Código Penal sea sometido al mayor debate posible entre los colectivos implicados.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios